Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 160 de 12/08/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio

Resolución de 28 de mayo de 2008, de la Delegación Provincial de Huelva, Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, referente al expediente CP-041/2007, sobre el Cumplimiento de Resolución de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del término municipal de Cartaya.

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APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN NÚM. 42 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE CARTAYA (CP-041/2007)

Visto el expediente administrativo municipal incoado sobre la solicitud citada en el encabezamiento y en virtud de las competencias que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo tiene atribuidas por el Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, en sesión celebrada el día 28 de mayo de 2008, por unanimidad, dicta la presente Resolución conforme a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Procedente del Ayuntamiento de Cartaya, tuvo entrada en esta Delegación Provincial, sede de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, expediente administrativo municipal incoado referente a la Modificación núm. 42 que afecta a la ordenación estructural del planeamiento, en concreto al incremento de la edificabilidad para Ordenanza Especial O.E.-17 del suelo urbano de Cartaya según el artículo 10.1.A.d) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y la modificación del artículo 132 de las NN.SS., supuesto contemplado en el artículo 10.1.A).h) de la Ley 7/2002, que afecta a normativas de las categorías del suelo no urbanizable de especial protección y la especificación de las medidas que eviten la formación de nuevos asentamientos.

Segundo. Constan en el expediente administrativo incoado, en lo que a materia sectorial se refiere, Escrito de la Consejería de Medio Ambiente de fecha 21 de febrero de 2007, indicando que no resulta preceptivo someter a Evaluación de Impacto Ambiental la Modificación Puntual núm. 42 de las Normas Subsidiarias.

Informe de incidencia territorial de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes, de fecha 15 de marzo de 2007, estimando favorable el proyecto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El órgano competente para resolver es la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de conformidad con lo establecido en los artículos 31.2.B).a) y 36.2.c).1.ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, así como en el artículo 13.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Segundo. La tramitación seguida ha sido la prevista para las innovaciones de los instrumentos de planeamiento conforme a lo previsto en el artículo 32 por remisión del artículo 36 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre. A la presente Modificación le será de aplicación asimismo de forma supletoria y en lo que sea compatible con la citada Ley 7/2002, según lo establecido en la Disposición Transitoria Novena de la misma, las normas previstas para la Modificación de los Planes en el Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento.

Tercero. El contenido documental de la presente Modificación cumple los requisitos establecidos en el artículo 36.2.b) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Cuarto. La innovación propuesta se enmarca en el supuesto regulado en el artículo 38 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, ya que no se produce mediante la misma la alteración integral de la ordenación establecida por el instrumento de planeamiento o, en todo caso, la alteración estructural de las Normas Subsidiarias de Planeamiento.

Quinto. Según lo previsto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Término Municipal de Cartaya asumen la denominación de Plan General de Ordenación Urbanística de Cartaya.

RESUELVE

Primero. Aprobar definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cartaya, a reserva de la subsanación de las deficiencias en los términos expuestos en el siguiente apartado de este Acuerdo, supeditando en su caso su registro y publicación al cumplimiento de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 33.2.b) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Segundo. En relación al apartado de la Modificación «Unificar los frentes de fachada de la C/ Faisán incrementado en una altura la parcela de la zona norte» se debe garantizar el destino de 125 m2 de suelo para dotaciones y todo ello acorde con el articulado 36.2.a).2.º de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en aras de mantener la proporción y calidad de las dotaciones previstas respecto al aprovechamiento.

Asimismo y en relación al apartado de la Modificación «del artículo 132 de las NN.SS. por el que se regula el Suelo No Urbanizable Protegido Agrícola» la que la parcela mencionada debe ser adscrita, por su uso, a un Bien de Dominio Público o Patrimonial de la Administración actuante, por los procedimientos citados en la Ley.

Tercero. Al objeto de su publicación y su inscripción en el Registro Autonómico de instrumentos de planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados conforme a lo dispuesto en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y el Decreto 2/2004, de 7 de enero, se considera necesario la elaboración por parte de la Corporación Municipal de un nuevo documento corregido, que deberá ser objeto de aprobación plenaria, donde se recoja la subsanación de las deficiencias detectadas, del cual deberán ser remitidos dos ejemplares en formato papel y uno en soporte informático.

Cuarto. Esta Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y se notificará a los interesados, de acuerdo con lo previsto en los artículos 40 y 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo con competencia territorial según se prevé en los artículos 24.3 del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, y el artículo 14 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio, o, en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Todo ello, sin perjuicio de que puede ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Huelva, 28 de mayo de 2008.- El Presidente, Manuel Alfonso Jiménez

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