Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 160 de 12/08/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio

Resolución de 28 de mayo de 2008, de la Delegación Provincial de Huelva, Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, referente al expediente CP-121/2004 sobre el Cumplimiento de Resolución del Plan General de Ordenación Urbana del termino municipal de Cortelazor la Real.

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CUMPLIMIENTO DE RESOLUCIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CORTELAZOR LA REAL (CP-121/2004)

Visto el expediente administrativo municipal incoado sobre la solicitud citada en el encabezamiento y en virtud de las competencias que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo tiene atribuidas por el Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, en sesión celebrada el día 28 de mayo de 2008, por unanimidad, emite la presente Resolución conforme a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Procedente del Ayuntamiento de Cortelazor la Real, tuvo entrada en esta Delegación Provincial, sede de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, expediente administrativo municipal incoado referente al Cumplimiento de Resolución de Aprobación Definitiva del Plan General de Ordenación Urbanística, de dicho término municipal, a los efectos del pronunciamiento de la Comisión Provincial en virtud de las competencias que tiene atribuidas por la legislación vigente. Con fecha 28 de marzo de 2007 se aprobó por parte de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de forma definitiva el Cumplimiento de Resolución del Plan General de Ordenación Urbanística del término municipal de Cortelazor la Real, en relación a las determinaciones que habían sido subsanadas en virtud de lo dispuesto en la Resolución de 17 de marzo de 2006, por la que se aprobó de forma condicionada el Plan General de Ordenación Urbana, quedando no obstante pendiente de subsanación algunas incidencias, las cuales son elevadas nuevamente a esta Comisión Provincial para su aprobación.

Segundo. En cumplimiento de dicha Resolución, la Corporación Municipal remite a esta Delegación Provincial documentación complementaria consistente en un Texto Refundido, aprobado por el Pleno de la Corporación en fecha 9 de agosto de 2007. Se acredita el nuevo período de información pública practicado, presentándose alegaciones que han sido resueltas por Acuerdo del Pleno de fecha 6 de noviembre de 2007.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El órgano competente para resolver es la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, organismo competente para la Aprobación Definitiva de los Planes Generales de Ordenación Urbanística, según prevé el art. 31.2.B.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y el art. 13.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Segundo. La tramitación seguida ha sido la prevista para los instrumentos de planeamiento en el artículo 32 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre. Al presente expediente de planeamiento general le será de aplicación asimismo de forma supletoria y en lo que sea compatible con la citada Ley 7/2002, según lo establecido en la disposición transitoria novena de la misma, las normas previstas en el Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento.

Tercero. El expediente administrativo tramitado por la Corporación Municipal contiene en líneas generales y sin perjuicio de lo dispuesto en los siguientes apartados de este acuerdo, los documentos y determinaciones previstas por los artículos 8, 9, 10 y 19 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.

RESUELVE

Primero. Aprobar definitivamente el Plan General de Ordenación Urbanística del término municipal de Cortelazor la Real, en cuanto a las determinaciones que han sido subsanadas en virtud de lo dispuesto en la Resolución de 28 de marzo de 2007, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.2.c), de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, supeditando el registro y publicación al cumplimiento de la mismas. A tal efecto el Ayuntamiento elaborará un texto definitivo donde se recoja la subsanación de las deficiencias detectadas, del cual deberán ser remitidos dos ejemplares en formato papel y uno en soporte informático.

Segundo. Suspender la Aprobación Definitiva de los elementos de ordenación urbana sometidos a protección patrimonial, quedando pendiente esta parte de la elaboración y aprobación de un Catalogo y su correspondiente normativa de protección, el cual deberá ser tramitado y aprobado por la Corporación Municipal y elevado a esta Comisión.

Tercero. Esta Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y se notificará a los interesados, de acuerdo con lo previsto en los artículos 40 y 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, directamente o por conducto de esta Delegación Provincial, ante el Excmo. Sr. Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 22.3 del Decreto 193/2003, de 1 de julio, modificado por la disposición transitoria única del Decreto 202/2004, de 11 de mayo, y 48.2, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Huelva, 28 de mayo de 2008.- El Presidente, Manuel Alfonso Jiménez.

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