Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 241 de 04/12/2008

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación

Resolución de 14 de noviembre de 2008, de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se convocan subvenciones para entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades de Formación Permanente dirigidas al profesorado de todos los niveles educativos, a excepción de los universitarios, de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2009.

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De conformidad con lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Educación de 28 de diciembre de 2007, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 25, de 5 de febrero de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades de Formación Permanente dirigidas al profesorado de todos los niveles educativos, a excepción de los universitarios, de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se efectúa su convocatoria para el año 2008, procede realizar su convocatoria para el año 2009, por lo que esta Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por delegación de la Excma. Consejera de Educación,

RESUELVE

Primero. Convocar las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades de Formación Permanente dirigidas al profesorado de todos los niveles educativos, a excepción de los universitarios, de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se realicen entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009.

Segundo. Las subvenciones se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.18.00.01.00.8078.484.02.42B de los presupuestos de 2009. No obstante lo anterior, según las disponibilidades presupuestarias, el compromiso del gasto podrá tener carácter plurianual.

Tercero. Las subvenciones se destinarán a la realización de actividades de formación del profesorado cuya finalidad sea conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Orden de 28 de diciembre de 2007.

Cuarto. El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación establecida en el artículo 11 de la Orden de 28 de diciembre de 2007 será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación en BOJA de la presente Resolución. Las solicitudes utilizarán el Anexo I de la mencionada Orden, presentándose ante el Director General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.

Quinto. Los criterios de valoración serán los establecidos en el artículo 16 de la Orden de 28 de diciembre de 2007.

Sexto. Una vez realizada la propuesta de subvención por la Comisión de Valoración prevista en el artículo 15 de la Orden de 28 de diciembre de 2007 se informará a aquellas entidades cuya solicitud fuera por un importe superior al propuesto de la posibilidad de reformular las solicitudes, de conformidad con el artículo 18 de la mencionada Orden.

Séptimo. La Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, en el plazo máximo de seis meses, resolverá la convocatoria conforme a lo establecido por el artículo 17 de la Orden de 28 de diciembre de 2007.

Octavo. Las entidades que soliciten las ayudas deberán cumplir con los requisitos exigidos por el artículo 7 y las obligaciones generales establecidas por el artículo 22 de la mencionada Orden.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante la persona titular de la Consejería de Educación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Sevilla, 14 de noviembre de 2008.- El Director General, Manuel Alcaide Calderón.

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