Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 04/01/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación.

Orden de 20 de noviembre de 2007, por la que se autoriza la supresión y cese de actividades docentes al centro docente privado de educación especial "Cimper" de Málaga.

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Examinado el expediente incoado a instancia de doña M.ª del Carmen Martín Garrido, titular del centro docente privado de educación especial "Cimper", con domicilio en Avenida Carlos Haya, núm. 156, de Málaga, en solicitud de supresión y cese de actividades docentes en el mencionado centro.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Málaga.

Resultando que el mencionado centro, con código 29009028, tiene autorización definitiva para 6 unidades de educación básica especial para 50 puestos escolares.

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros aparece que la titularidad del centro la ostenta "doña M.ª del Carmen Martín Garrido".

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20 de junio), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General que regula, asimismo, el procedimiento de cese de actividades de los centros docentes privados; y demás disposiciones aplicables.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Autorizar la supresión de unidades y cese de actividades al centro docente privado de educación especial "Cimper", con código 29009028, y domicilio en Avenida Carlos Haya, núm.

156, de Málaga, quedando sin efecto las disposiciones que autorizaron el funcionamiento legal de dicho centro, siendo necesario para el caso de que se instase la reapertura del mismo dar cumplimiento a los preceptos recogidos en las distintas disposiciones en materia de autorización de centros docentes privados.

Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 20 de noviembre de 2007

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

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