Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 116 de 18/06/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 26 de abril de 2009, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Vélez-Rubio, dimanante de autos núm. 68/2004.

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Número de Identificación General: 0409941C20041000133.

Procedimiento: Tercería de dominio 68/2004. Negociado: FG.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de

Vélez-Rubio.

Juicio: Tercería de dominio 68/2004.

Parte demandante: Andrés Navarro Martínez.

Parte demandada: Madrid Leasing Corp. E.F.C., S.A.

Sobre: Tercería de dominio.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

AUTO nÚM. 31/08

Don Jorge Olmedo Castañeda.

En Vélez Rubio, a siete de mayo de dos mil ocho.

Vistos los presentes Autos por el Ilmo. Sr. don Jorge Olmedo Castañeda, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia Único de Vélez-Rubio, se dicta la siguiente resolución.

PARTE DISPOSITIVA

Estimar la demanda interpuesta por don José Luis Vázquez Guzmán, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de don Andrés Navarro Martínez, declarando que la finca registral 14.541 del Registro de la Propiedad de Vélez-Rubio pertenece a don Andrés Navarro Martínez como legítimo propietario de la misma, por lo que ordeno alzar el embargo existente sobre dicha finca registral a favor de Madrid Leasing Corporación E.F.C., S.A., en los autos de ejecución de título extrajudicial 64/2002 seguidos en este mismo Juzgado, y ordeno igualmente la cancelación de la anotación preventiva de embargo existente sobre dicha finca obrante en el Registro de la Propiedad de Vélez-Rubio, con el número de orden de inscripción registral letra D, con expresa imposición de las costas de esta instancia a los demandados.

Notifíquese la presente resolución a las partes procesales personadas, incluidas las declaradas rebeldes procesales, conforme al modo y forma que establece el régimen legal de notificaciones del artículo 497.2 de la LEC.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de apelación ante este mismo órgano judicial en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente a la notificación de esta sentencia conforme dispone el artículo 457.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que resolverá la Excma. Audiencia Provincial de Almería.

Así por este Auto lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada Madrid Leasing Corporación E.F.C., S.A., por providencia del día de hoy el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para llevar a efecto la diligencia de notificación a la expresada demandada.

En Vélez-Rubio, a 26 de abril de 2009.- La Secretaria Judicial.

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