Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 195 de 05/10/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 1 de septiembre de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Quince de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 785/2009. (PD. 2854/2009).

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NIG: 2906742C20090014497.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 785/2009.

Negociado: P5.

Sobre: Declaración de dominio.

De: Don Sergio Cortes Bueno, doña Ana Bueno Ponce y don Daniel Cortes Cortes.

Procuradora: Sra. doña María Nieves Criado Ibaseta.

Letrado: Sr. don Buenestado García, Claudio.

Contra: Futurhogar, S.A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 785/2009, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Quince de Málaga a instancia de Sergio Cortes Bueno, Ana Bueno Ponce y Daniel Cortes Cortes contra Futurhogar, S.A., sobre Declaración de dominio, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 203.

En la ciudad de Málaga, a dieciocho de junio de dos mil nueve.

Don Jaime Nogués García, Magistrado-Juez de Primera Instancia número Quince de esta ciudad, ha visto los presentes autos de Juicio Ordinario tramitados en este Juzgado bajo el número 785/09, a instancia de doña Ana Bueno Ponce, don Sergio Cortes Bueno y don Daniel Cortes Bueno, representados por la Procuradora doña Nieves Criado Ibaseta y defendidos por el Letrado Sr. Buenestado García, contra entidad Futurhogar, Sociedad Anónima, en situación procesal de rebeldía, sobre acción declarativa de dominio y de rectificación registral.

FALLO

Estimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña Nieves Criado Ibaseta, en nombre y representación de doña Ana Bueno Ponce, don Sergio Cortes Bueno y don Daniel Cortes Bueno, contra Futurhogar, Sociedad Anónima, sobre acción declarativa de dominio y de rectificación registral, debo dictar sentencia con los pronunciamientos siguientes:

1.º Declarar acreditado el dominio que ejercen doña Ana Bueno Ponce, respecto del 50% ganancial, y doña Ana Bueno Ponce, don Sergio Cortes Bueno y don Daniel Cortes Bueno respecto del otro 50% de la vivienda número cuatro, en planta sexta, situada en el segundo rellano o nivel de la planta de referencia, que tiene su acceso por el portal B del edificio EXA, 11, al predio rústico llamado Quintana en el partido de Guadalmedina, término de Málaga. Inscrita al tomo 2191, folio 97, finca número 24.176, inscripción segunda, del Registro de la Propiedad número Nueve de Málaga, actualmente situada en calle Alcalde Joaquín Quiles, número veinticinco, portal B, 6.º, 4, de Málaga, debiendo la demandada estar y pasar por dicha declaración.

2.º En consecuencia, librar mandamiento al Registro de la Propiedad número nueve de esta ciudad ordenando la inscripción del derecho declarado con cancelación de cualquier otra inscripción contradictoria.

3.º No hacer especial pronunciamiento en materia de costas.

Notifíquese la anterior Resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es susceptible de recurso de apelación, que deberá prepararse en el plazo de cinco días hábiles desde su notificación, ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial, manifestando su voluntad de apelar y los concretos pronunciamientos que impugna.

Por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. E/.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Futurhogar, S.A., extiendo y firmo la presente en Málaga, a uno de septiembre de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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