Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 25 de 06/02/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 29 de diciembre de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Córdoba, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 299/2007. (PD. 244/2009).

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NIG: 1402142C20070002923.

Procedimiento: Procedimiento ordinario 299/2007. Negociado T.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Barin Mediación Inmobiliaria, S.L.

Procurador: Sr. Ramón Roldán de la Haba.

Letrado: Sr. Rafael Aranda Asencio.

Contra: Don Jaime del Barrio Utiel y doña Rosa María López Fuentes.

EDICTO

CéDULA DE NOTIFICACIóN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 299/2007 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Córdoba a instancia de Barin Mediación Inmobiliaria, S.L., contra Jaime del Barrio Utiel y Rosa María López Fuentes sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«Sentencia núm. 252/2008. En Córdoba, a veintinueve de diciembre de dos mil ocho. Vistos por la Ilma. Sra. doña Cristina Mir Ruza, Magistrado-Juez de Primera Instancia núm. Ocho de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio ordinario núm. 299/07, seguidos a instancias de la entidad mercantil Barin Mediación Inmobiliaria, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales don Ramón Roldán de la Haba y asistida del Letrado don Rafael Aranda Asencio, contra don Jaime del Barrio Utiel y doña Rosa M.ª López Fuentes, declarados en situación procesal de rebeldía, y

Fallo. Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador don Ramón Roldán de la Haba, en nombre y representación de la entidad mercantil Barin Mediación Inmobiliaria, S.L., contra don Jaime del Barrio Utiel y doña Rosa M.ª López Fuentes:

- Debo declarar y declaro que la operación de compraventa del inmueble sito en Córdoba, C/ Mensajeros de la Paz, 36, concertada entre los demandados y los Sres. Amate Córdoba fue formalizada gracias a la intervención de «Barin Mediación Inmobiliaria, S.L.», y por el precio de compraventa ascendente a 171.889 euros, por lo que debo condenar y condeno a los demandados a abonar a la actora: a) la suma de 3.437,78 euros en concepto de honorarios profesionales a razón del 2% sobre el precio de venta, más su IVA al 16% (550,04 euros), más, b) eI interés legal de dichas cantidades desde la fecha de la presentación de esta demanda hasta su efectivo pago.

Con imposición de las costas causadas a los demandados.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos de su razón con inclusión de la original en el Libro de Sentencias, y notifíquese la misma a las partes, en la forma legalmente establecida.

Por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Jaime del Barrio Utiel y Rosa María López Fuentes, extiendo y firmo la presente en Córdoba, a veintinueve de diciembre de dos mil ocho.- El/La Secretario.

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