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En virtud de la disposición adicional decimocuarta de la Ley 3/1991, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1992, fue creada la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales, como entidad de derecho público de las previstas en el artículo 6.1.b) de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y adscrita a la Consejería de Cultura.
Entre sus competencias se encuentra la organización y distribución de producciones de artes escénicas y musicales, las producciones audiovisuales, cinematográficas y fonográficas, la gestión de instalaciones culturales, los programas de fomento del libro y la lectura, las producciones editoriales, la difusión del patrimonio histórico y las artes plásticas.
Dentro de los programas gestionados por la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales está comprendido el Centro Andaluz de Danza, con sede en un edificio en la calle San Luis, núm. 37, de Sevilla, cedido por la Excma. Diputación Provincial de Sevilla en virtud de convenio de colaboración, cuyo espacio, al compartirse con otros programas gestionados por la Empresa, así como con la Fundación Barenboim Said, se ha manifestado insuficiente y carente de las dotaciones necesarias para desarrollar los programas de danza, por lo que la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales ha solicitado la adscripción del denominado «Pabellón del Siglo XV», inmueble integrado en el Conjunto Monumental de Santa María de las Cuevas, sito en el Camino de los Descubrimientos, s/n, de la Isla de la Cartuja, en Sevilla, con destino a sede del Centro Andaluz de Danza.
Dicho inmueble, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por título de permuta otorgada con fecha 21 de julio de 2000, se encuentra adscrito a la Consejería de Cultura, que ha manifestado su conformidad con la adscripción solicitada por la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales.
En su virtud, a iniciativa de la Consejería de Cultura, y a propuesta del Vicepresidente Segundo de la Junta de Andalucía y Consejero de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 3 de marzo de 2009,
DISPONGO
Primero. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el Reglamento para su aplicación, aprobado por Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, adscribir a la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales, con destino a sede del Centro Andaluz de Danza, el denominado «Pabellón del Siglo XV», inmueble integrado en el Conjunto Monumental de Santa María de las Cuevas, sito en el Camino de los Descubrimientos, s/n, de la Isla de la Cartuja, en Sevilla, que consta inventariado con carácter demanial en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía con el número 2000/4825, y referencia catastral 3935002TG3433N0001QE.
Segundo. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Decreto.
Tercero. El presente Decreto producirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 3 de marzo de 2009
MANUEL CHAVES GONZÁLEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ
Vicepresidente Segundo de la Junta de Andalucía
y Consejero de Economía y Hacienda
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