Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 16/04/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 11 de marzo de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Granada, dimanante del Procedimiento Ordinario núm. 637/2007. (PD. 993/2009).

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EDICTO

NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 637/2007 seguido en eI Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Granada a instancia de Accordia España, S.A., contra don Carlos Rico García y doña Rebeca Plaza Martínez sobre Ordinario, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA nÚm. 41/09

En la ciudad de Granada, a 10 de marzo de 2009.

El Sr. don Antonio Pastor Sánchez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Siete de los de Granada, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario, promovidos a instancia de Accordia España, S.A., y en su representación la Procuradora doña Isabel Fuentes Jiménez, y en su defensa la Letrada doña María Dolores Carrión Jiménez, contra doña Rebeca Plaza Martínez y don Carlos Rico García, declarado en rebeldía, en este juicio que versa sobre reclamación de cantidad, y

FALLO

Que estimando íntegramente el suplico de la demanda presentada por la Procuradora doña Isabel Fuentes Jiménez, actuando en nombre y representación de Accordia España, S.A., contra doña Rebeca Plaza Martínez y don Carlos Rico García, declarado en rebeldía, debo condenar y condeno al referido demandado a que pague a la parte demandante la suma de 40.885,24 euros, más los intereses contractuales pactados desde que se contrajo la deuda hasta su efectivo pago, más los gastos, y todo ello con expresa imposición de las costas causadas.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que, en su caso, deberá ser interpuesto en este Juzgado, en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos y cuyo original se incluirá en el libro de sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por el Sr. Juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe que obra en autos.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados don Carlos Rico García y doña Rebeca Plaza Martínez, extiendo y firmo la presente en Granada, a once de marzo de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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