Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 07/06/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 14 de abril de 2010, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Sevilla, dimanante de procedimiento ordinario núm. 494/2009. (PD. 1377/2010).

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NIG: 4109142C20090014541.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 494/2009. Negociado: 4G.

De: Don Juan Armario Pérez.

Procurador: Sr. Pedro Gutiérrez Cruz.

Contra: Huerta Quebrada Promociones, S.L., Inversiones y Promociones López Andrades, S.L., y Tie Break Building, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 494/2009 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Sevilla a instancia de Juan Armario Pérez contra Huerta Quebrada Promociones, S.L., Inversiones y Promociones López Andrades, S.L., y Tie Break Building, S.L., sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En la Ciudad de Sevilla, a doce de abril de dos mil diez.

El Ilmo. Sr. don Sebastián Moya Sanabria, Magistrado-Juez de Primera Instancia número Dos de Sevilla, ha visto los presentes autos Juicio Ordinario número 494/09-4°G, seguidos a instancia del procurador don Pedro Gutiérrez Cruz en nombre y representación de don Juan Armario Pérez, asistidos del letrado don José Manuel Pérez Morillas, contra Huerta Quebrada Promociones, S.L., Inversiones y Promociones López Andrades, S.L., y Tie Break Building, S.L., declaradas en rebeldía.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda deducida por el Procurador Pedro Gutiérrez Cruz, en nombre y representación de Juan Armario Pérez, contra las entidades integrantes de la Unión Temporal de Empresas, con CIF núm. G-911564096, Huerta Quebrada Promociones, S.L., Inversiones y Promociones López Andrades, S.L., y Tie Break Building, S.L., declaro la resolución del contrato de compraventa de vivienda unifamiliar adosada en Conjunto Inmobiliario Las Carrascosas de la localidad de Lebrija concertado el 12 de junio de 2007, en razón a los incumplimientos contractuales descritos en demanda, condenando a estas tres entidades a que, de manera solidaria, abonen al demandante la suma de 34.607 euros, más los intereses rendidos desde las fechas en que se fueron produciendo las distintas entregas a cuenta, calculados al tipo de interés legal del dinero, todo ello con imposición de costas a las tres entidades, que responderán de su pago también de manera solidaria.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que no es firme y que contra ella puede interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que habrá de prepararse ante este Juzgado en un plazo de cinco días en la forma prescrita en el artículo 457.2 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, y acreditando la constitución del depósito por importe de 50 euros exigido en el apartado 3.b) de la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, modificativa de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Huerta Quebrada Promociones, S.L., Inversiones y Promociones López Andrades, S.L., y Tie Break Building, S.L., en ignorado paradero, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a catorce de abril de dos mil diez.- El/La Secretario.

Diligencia. La extiendo yo, la Secretaria para hacer constar que el anterior edicto ha estado expuesto en el tablón de anuncios del Juzgado desde el día 12 de abril de 2010 a ......................... DOY FE.

En Sevilla a

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