Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 138 de 15/07/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Orden de 5 de julio de 2010, por la que se modifican las condiciones de autorización de determinada Feria Comercial Oficial de Andalucía.

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Por Orden de 17 de diciembre de 2009, se autoriza la celebración de ferias comerciales con el carácter de oficial en Andalucía y se aprueba el Calendario de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía para el año 2010 (BOJA núm. 1, de 4 de enero de 2010), entre las que figura la V Feria de Comercio y Turismo de la Comarca de La Janda.

La Institución Ferial de Cádiz, IFECA, entidad organizadora de la mencionada feria que tenia prevista su celebración en Vejer de la Frontera (Cádiz), del 24 al 26 de septiembre de 2010, solicita suspender la autorización de celebración de la misma.

En ejecución de lo establecido en la Disposición transitoria décima del Decreto-Ley 3/2009, de 22 de diciembre, que dispone que las Ferias Comerciales Oficiales que hayan sido objeto de autorización expresa antes de la entrada en vigor del mencionado Decreto-Ley, quedarán sujetas al régimen legal anterior para la edición incluida en el calendario aprobado, en su virtud, y en uso de las atribuciones que me fueron conferidas, y en relación con el Decreto del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías, así como el Decreto 137/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.

DISPONGO

Dejar sin efecto la autorización de celebración de la V Feria del Comercio y Turismo de la Comarca de La Janda.

La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el titular de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte en el plazo de un mes o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Sevilla, 5 de julio de 2010

LUCIANO ALONSO ALONSO

Consejero de Turismo, Comercio y Deporte

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