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El Estatuto de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, aprobado por Decreto 235/2001, de 16 de octubre, regula la Dirección Gerencia como uno de los órganos necesarios de la Administración portuaria autonómica, sin que establezca norma específica alguna sobre su suplencia, por lo que es necesario acudir a lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, según el cual los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente, en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad, por quien designe el órgano competente para el nombramiento de aquellos.
En el ámbito de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía la competencia para el nombramiento del titular de la Gerencia corresponde, mediante Orden, a la Consejera de Obras Públicas y Vivienda, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de los Estatutos de la entidad.
En su virtud, a propuesta del Director Gerente de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, y en el ejercicio de las competencias que tengo conferidas,
RESUELVO
Primero. Establecer el siguiente régimen de suplencia de la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía:
a) En supuestos de vacante, ausencia o enfermedad de la persona titular de la Dirección Gerencia, será sustituida por la titular de la Dirección Financiera y Administrativa.
b) La persona titular de la Dirección Financiera y Administrativa será sustituida por la persona titular de la Dirección de Contratación y Concesiones.
Segundo. Las resoluciones y actos que se adopten en virtud de esta Orden de suplencia deberán indicar expresamente dicha circunstancia.
La presente Resolución surtirá efectos desde la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 27 de julio de 2010
Rosa Aguilar Rivero
Consejera de Obras Públicas y Vivienda
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