Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 173 de 03/09/2010

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Consejería de Empleo

Resolución de 24 de agosto de 2010, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se dispone la publicación del trámite de subsanación de las solicitudes de subvenciones presentadas en base a la Orden de la Consejería de Empleo de 26 de mayo de 2010, en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias.

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Por Orden de la Consejería de Empleo, de 26 de mayo de 2010 (BOJA núm. 114, de 11 de junio), se modifica la Orden de 28 de mayo de 2009 (BOJA núm. 130, de 7 de julio), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para programas e infraestructuras destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro, Universidades Públicas y Entidades Locales y se efectúa la convocatoria para el año 2010.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 9.5 de la Orden de 28 de mayo de 2009 citada, en relación con los artículos 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 30 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 108, de 4 de junio),

RESUELVO

Anunciar la publicación, en el tablón de anuncios de la página web de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, del contenido íntegro de la Resolución de fecha 24 de agosto de 2010, de requerimiento de subsanación de las solicitudes presentadas al amparo de la citada Orden de convocatoria para el año 2010.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.2 de la Orden de la Consejería de Empleo, de 28 de mayo de 2009, en relación con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, la subsanación de la solicitud y/o los documentos a aportar por las Entidades, deberá realizarse en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que, si no lo hicieran, se les tendrán por desistidas de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42.1 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Sevilla, 24 de agosto de 2010.- La Delegada, Aurora Cosano Prieto.

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