Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 201 de 14/10/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 1 de octubre de 2010, de la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, por la que se autorizan tarifas de transporte urbano colectivo de Granada. (PP. 2456/2010).

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Vista la propuesta de Resolución de fecha 1 de octubre de 2010 del Servicio de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, en virtud del artículo 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía y en relación con el artículo 13 del Decreto 133/2010, de 13 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,

RESUELVO

Autorizar las Tarifas de Transporte Urbano Colectivo que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

Concepto Coste del Viaje-IVA incluido
Billete ordinario 1,20 €
Bus-buho 1,30 €
Bono 5 0,69 €
Bono-joven 0,48 €
Pensionista 0,00 €
Mensual ilimitado 38,00 €
Transbordo 0,00 €
Título 10 € 0,64 €
Título 20 € 0,62 €
Consorcio 0,61 €
Bono Turístico 0,61 €

Esta Resolución surtirá efecto desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 en relación con el 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 1 de octubre de 2010.- La Directora General, Eva María Vidal Rodríguez.

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