Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 207 de 22/10/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 28 de septiembre de 2010, de la Delegación Provincial de Almería, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo requerido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Almería en el recurso núm. 547/2010 y se notifica a los posibles interesados la interposición del mismo.

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Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Almería se ha efectuado requerimiento para que se aportase el expediente administrativo correspondiente al recurso núm. 547/2010, interpuesto por don Pablo García Martín Arroyo y otras contra la Resolución del Delegado Provincial de Educación de Almería de fecha 29 de julio de 2010, por la que se modifica la puntuación otorgada a la solicitud de escolarización de su menor hija en el primer curso del segundo ciclo de educación infantil en el centro docente privado concertado «Compañía de María» de Almería, para el curso 2010/2011, y para que se realicen los emplazamientos de los posibles interesados correspondientes a dicho recurso.

En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el órgano jurisdiccional,

HE RESUELTO

Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo núm. 547/2010 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Almería. De conformidad con lo previsto en el art. 48.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, remítase al Juzgado copia precedida de un índice de los documentos que lo integran. Emplácese a cuantos aparecen como interesados en el expediente, a fin de que puedan personarse en legal forma como demandados en el plazo de nueve días ante el órgano jurisdiccional.

Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que, de conformidad con el art. 78, en relación con el 49.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y lo ordenado por el órgano jurisdiccional, los interesados puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve días ante el Juzgado en legal forma, mediante Abogado y Procurador, o solo con Abogado con poder al efecto, haciéndoles saber que, de personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte al efecto sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación alguna.

Almería, 28 de septiembre de 2010.- El Delegado, Francisco Maldonado Sánchez.

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