Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 225 de 18/11/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Vivienda

Resolución de 27 de octubre de 2010, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se acuerda revocar la delegación de competencias que se citan para ser ejercidas por su titular.

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Resolución de 27 de octubre de 2010, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se acuerda revocar la delegación de competencias que se citan para ser ejercidas por su titular, el Delegado de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda en Jaén.

Por Resolución de 1 de julio de 1996 (BOJA núm. 84, de 23.7.1996), esta Delegación Provincial resolvió delegar en el Jefe de Servicio de Transportes el ejercicio de determinadas competencias atribuidas a los Delegados Provinciales en el apartado 2.º del artículo 6.º del Decreto 30/1982, de 22 de abril, que regula el ejercicio de las competencias en materia de transportes.

Razones de orden técnico y eficacia administrativa aconsejan revocar la referida delegación de competencias para los asuntos concretos que se citan.

En su virtud, en ejercicio de las competencias atribuidas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 103 y 104 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, esta Delegación Provincial ha resuelto:

1.º Revocar las competencias delegadas mediante Resolución de 1 de julio de 1996 (BOJA núm. 84, de 23.7.1996) en la persona titular del Servicio de Transportes de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, Delegación Provincial de Jaén, en lo que se refiere a los apartados: a), b), c), d) e), f), g), h), i), j) y m) del punto 2.º artículo 6.º del Decreto 30/1982, de 22 de abril.

2.º Mantener la delegación en el Jefe de Servicio de Transportes de esta Delegación Provincial del ejercicio de las competencias atribuidas a los Delegados Provinciales en los apartados k) y l) del punto 2.º del artículo 6.º del citado Decreto 30/1982.

3.º En las resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación se hará constar expresamente tal circunstancia, y se considerarán dictadas por el órgano delegante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.4 de la Ley 30/1992.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Jaén, 27 de octubre de 2010.- El Delegado, Rafael Valdivielso Sánchez.

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