Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 238 de 07/12/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 25 de octubre de 2010, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se homologan materiales curriculares para su uso en los centros docentes de Andalucía.

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La Orden de 2 de septiembre de 2005 (BOJA núm. 193, de 3 de octubre), de la Consejería de Educación, por la que se establecen los criterios y normas sobre homologación de materiales curriculares para uso en los centros docentes de Andalucía, supone un impulso a la elaboración y difusión de materiales curriculares, y con ello a la autonomía pedagógica y organizativa de los centros. La elaboración de materiales curriculares, considerada como una de las tareas básicas que desarrollan el profesorado y otros profesionales de la enseñanza con la intención de ayudar y orientar al profesorado en su labor docente, supone la concreción última del proyecto educativo que se elabora en los centros.

La citada Orden establece como objeto de homologación los materiales curriculares, comprendiendo desde la realización de reflexiones sobre su práctica docente o la descripción de experimentaciones e innovaciones curriculares llevadas a cabo, hasta las orientaciones y ejemplificaciones para la elaboración de unidades didácticas concretas por parte del profesorado, así como los materiales dirigidos a apoyar el desarrollo y mejora de la orientación escolar y los relacionados con la evaluación e inspección de centros y programas educativos.

La homologación por parte de la Consejería de Educación supondrá el reconocimiento de la adecuación de los materiales a lo establecido en el artículo 3.2 de la citada Orden, en relación a su calidad y coherencia técnica, así como su capacidad para orientar el trabajo de equipos docentes y otros profesionales de la enseñanza en las tareas de elaboración y desarrollo curricular.

La mencionada Orden, en su artículo 7, dispone que la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa dictará la resolución del expediente de homologación, a la vista del dictamen y propuesta de la Comisión a la que se refiere el artículo 5.

En virtud de los expedientes que se mencionan a continuación, esta Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa

HA RESUELTO

Primero. Homologar los materiales curriculares que se relacionan en el Anexo de la presente Resolución.

Segundo. De acuerdo con el artículo 10 de la misma Orden, los materiales curriculares homologados podrán ser publicados por la Consejería de Educación en las condiciones que a tal fin se establezcan, de acuerdo con las personas o entidades propietarias de los materiales.

Tercero. Tal y como establece el artículo 11 de la citada Orden, los materiales curriculares homologados serán reconocidos como méritos en cuantas convocatorias y baremos de la Consejería de Educación se considere oportuno.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Educación conforme a lo establecido en los artículos 107.1 y 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 25 de octubre de 2010.- La Directora General, M.ª Pilar Jiménez Trueba.

ANEXO

- Conocer el Flamenco. Presentado por: Manuel Herrera Rodas, Calixto Sánchez Marín, José Antonio Rodríguez Muñoz y Antonio Cremades Begines. Expediente 14/2010.

- Material curricular bilingüe. Matemáticas 1.º y 2.º de ESO. Presentado por: M.ª Dolores Reguera Doblado y Juan N. Puebla Rodríguez. Expediente 15/2010.

- Residuos sólidos y medio construido. Presentado por: Concepción Hernández Sánchez. Expediente 16/2010.

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