Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 238 de 07/12/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia

Resolución de 24 de noviembre de 2010, del Instituto de Estadística de Andalucía, por la que se adjudican tres becas de Formación y dos de Investigación en el área de la estadística pública en el Sistema Estadístico de Andalucía.

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Mediante Resolución de 19 de julio de 2010, del Instituto de Estadística de Andalucía (BOJA núm. 152, de 4 de agosto de 2010), se convocaron becas de formación e investigación en el área de la estadística pública a conceder por el Instituto de Estadística de Andalucía para el ejercicio 2010. Esta convocatoria se rige por lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 20 de agosto de 2008, por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas de formación e investigación por el Instituto de Estadística de Andalucía.

Concluidas las distintas fases del proceso selectivo, la Comisión de Selección, de conformidad con lo establecido en el artículo 11.1 de la Orden de 20 de agosto de 2008, elaboró una relación de las personas candidatas seleccionadas para las becas de formación por orden de puntuación para cada una de las titulaciones previstas en la convocatoria, y otra relación de personas candidatas para las becas de investigación, igualmente ordenada por orden de puntuación que fue publicada en el tablón de anuncios de este Organismo al objeto de que las personas interesadas pudieran examinar el expediente y formular las alegaciones que estimaran pertinentes.

Cumplimentado el trámite de audiencia previsto en el artículo 11.1 de la Orden de 20 de agosto de 2008 en el plazo establecido, resueltas las alegaciones efectuadas y no habiéndose producido ninguna renuncia a seguir participando en el proceso de selección, la Comisión de Selección elaboró la relación de personas candidatas seleccionadas que elevó al Director del Instituto de Estadística de Andalucía para la resolución del procedimiento, conforme a lo acordado en la sesión de la Comisión de Selección celebrada el día 18 de noviembre de 2010.

Vistos los anteriores antecedentes, así como la relación ordenada por orden de puntuación para cada una de las titulaciones elaborada por la Comisión de Selección, en virtud de lo señalado en la Orden de 20 de agosto de 2008,

RESUELVO

Primero. Adjudicar tres becas de Formación y dos de Investigación en el área de la estadística pública en el Sistema Estadístico de Andalucía a las personas solicitantes que figuran en el Anexo adjunto, por un período de seis meses, a contar desde el día 1 de diciembre de 2010.

Segundo. La dotación de estas becas comprende:

a) Una asignación mensual de 1.230 euros para las becas de Formación y de 1.330 euros para las becas de Investigación, que se abonarán por mensualidades vencidas.

b) Seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica.

c) Otros gastos de carácter extraordinario ocasionados por la actividad, previa autorización expresa del Director del Instituto de Estadística de Andalucía.

Las asignaciones mensuales se abonarán durante todo el período de disfrute de la beca por mensualidades vencidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2.a) de la Orden de 20 de agosto de 2008.

Las becas están financiadas con cargo a las aplicaciones presupuestarias siguientes: 01.10.31.01.00.480.00.54F.7 y 31.10.31.01.00.480.00.54F.8.2011.

Tercero. Las condiciones de disfrute de la beca y las obligaciones de las personas becarias son las establecidas en los artículos 12, 13 y 14 de la Orden de 20 de agosto de 2008.

Cuarto. El disfrute de una beca al amparo de esta convocatoria es incompatible con cualquier otra beca procedente de cualesquiera otras Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales.

Quinto. Dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta Resolución, las personas adjudicatarias deberán proceder a la aceptación de la beca y de cuantas obligaciones se derivan de la Orden de 20 de agosto de 2008 y declararán expresamente no estar incursas en la incompatibilidad señalada anteriormente, y presentarán la renuncia a otras becas, en su caso.

Transcurrido el citado plazo sin haberse efectuado la aceptación y declaración referidas o, en su caso, sin haberse presentado la renuncia a otras becas, la Resolución de concesión perderá su eficacia, acordándose el archivo previa Resolución que se notificará a la persona interesada.

También quedará sin efecto la adjudicación si la persona seleccionada no se incorporase en el plazo establecido en la presente Resolución, salvo que medie causa justificada.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la misma, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 24 de noviembre de 2010.- El Director, Ignacio Pozuelo Meño.

ANEXO

BECAS DE FORMACIÓN
DNI APELLIDOS
LICENCIATURA EN CIENCIAS Y TÉCNICAS ESTADÍSTICAS
75.147.715-E BEATRIZ NATIVIDAD GALLARDO ESTÉVEZ
LICENCIATURA EN ECONOMÍA
53.367.681-E M.ª JESÚS LARA PANEQUE
DIPLOMATURA EN ESTADÍSTICA
44.297.082-W MONTSERRAT CABALLERO BLANCO
BECAS DE INVESTIGACIÓN
DNI APELLIDOS
LICENCIATURA EN CIENCIAS Y TÉCNICAS ESTADÍSTICA
50.607.525-G RAÚL ORDÓÑEZ CANO
LICENCIATURA EN SOCIOLOGÍA
45.658.648-Z MANUEL DE LOS SANTOS MORA
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