Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 20/02/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 10 de febrero de 2010, por la que se determinan para la campaña 2009/2010 los plazos de comunicación y de pago de las cuotas para la aplicación de Acuerdo de promoción y difusión de determinados productos, adoptado por la Organización Interprofesional Agroalimentaria Hortyfruta.

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El artículo 10 del Capítulo III de la Ley 1/2005, de 4 de marzo, reguladora de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, establece que acuerdos relativos a determinadas materias, adoptados en el seno de una Organización Interprofesional Agroalimentaria y que cuenten con un determinado nivel de respaldo, podrán extenderse al conjunto de operadores y productores del sector o producto.

De esa forma, mediante la Orden de 23 de diciembre de 2009, de la Consejería de Agricultura y Pesca, se extiende el acuerdo de la Organización Interprofesional Agroalimentaria Hortyfruta, para la promoción y difusión de la calidad de los productos que se citan. En ella se establece que para las actividades de promoción, Hortyfruta comunicará antes del 1 de septiembre de cada año a cada entidad comercializadora la cuota que le corresponderá pagar en la campaña correspondiente, con el detalle del cálculo realizado para la determinación de la misma. Asimismo en párrafo quinto del apartado Segundo se fija como fecha limite el día 15 de noviembre de cada año para satisfacer el importe de la cuota.

Debido a la fecha de aprobación y publicación de esa Orden, resulta necesario precisar para la campaña 2009-2010 las fechas en que se producirán la comunicación y el correlativo pago.

Por lo tanto, a propuesta de la Dirección General de Industrias y Calidad Agroalimentaria, en uso de las competencias atribuidas en los artículos 9 y 14 de la Ley 1/2005, de 4 de marzo, antes citada,

D I S P O N G O

Primero. En relación con la Orden de 23 de diciembre de 2009, de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se extiende el acuerdo de la Organización Interprofesional Agroalimentaria Hortyfruta, para la promoción y difusión de la calidad de los productos que se citan, y para su cumplimiento en la campaña 2009/2010, se determinan las siguientes fechas:

- Antes del 1 de mayo de 2010, la Organización Interprofesional Agroalimentaria Hortyfruta comunicará, a cada entidad comercializadora, la cuota que le corresponderá pagar en esa campaña.

- El importe de la cuota correspondiente a la campaña 2009/2010 deberá ser satisfecho por la entidad comercializadora, en un único pago, antes del 15 de junio de 2010.

Segundo. Estos plazos se aplicarán sólo y exclusivamente para la campaña 2009/2010. Para el resto del periodo de vigencia del acuerdo de extensión, se aplicarán los plazos previstos en la Orden de 23 de diciembre de 2009, por la que se extiende el acuerdo de la Organización Interprofesional Agroalimentaria Hortyfruta para la promoción y difusión de la calidad de los productos que se citan.

Tercero. La presente Orden será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para general conocimiento. Asimismo será objeto de notificación a la entidad solicitante.

Sevilla, 10 de febrero de 2010

CLARA E. AGUILERA GARCÍA

Consejera de Agricultura y Pesca

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