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La Consejería de Empleo, de acuerdo con el artículo 5 del Decreto del Presidente 3/2009, de 23 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, tiene atribuidas las competencias sobre la planificación, gestión, promoción y evaluación de los programas y acciones relativos al fomento de vocaciones empresariales, la formación de emprendedores y pequeños empresarios, el fomento del autoempleo y la difusión de la cultura empresarial.
La Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, como entidad de derecho público de las previstas en el artículo 6.1.b) de la Ley 5/1983, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, creada como instrumento de la Junta de Andalucía y adscrita a la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, tiene entre sus objetivos realizar las actuaciones de carácter técnico, material, jurídico o de servicios que, en relación con materia de su competencia, le encomiende la Administración de la Junta de Andalucía, otras Administraciones Públicas o incluso las que conviniere con la iniciativa privada.
Asimismo, la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía tiene atribuidas, entre otras, las siguientes funciones: a) Promover la iniciativa pública y privada de creación de empresas dirigidas a sectores económicos que la Junta de Andalucía considere básicos; b) Facilitar y coordinar los medios para la creación de empresas, en el marco de los objetivos de la promoción económica de Andalucía; c) Favorecer el desarrollo económico de Andalucía y mejorar su estructura productiva mediante la constitución de sociedades mercantiles o participación en sociedades ya constituidas, la concesión de créditos y avales a empresas y, en general, la realización de todo tipo de operaciones mercantiles que tengan relación con la promoción económica de Andalucía; d) Impulsar la mejora de gestión, la comercialización y la tecnología de las empresas; e) Instrumentar los incentivos de apoyo a la inversión. Así mismo, conforme al artículo 7 de la Orden de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de 25 de marzo de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de un programa de incentivos para la creación, consolidación y modernización de iniciativas emprendedoras del trabajo autónomo, se asignan a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía la tramitación, análisis, control de las justificaciones, pago, revocación y reintegro, en su caso, de los expedientes de incentivos presentados al amparo de dicha Orden.
Con el objeto de optimizar los recursos existentes en la Administración de la Junta de Andalucía, y dotar de la mayor operatividad y rapidez la resolución de estos incentivos, para favorecer, al máximo, el inicio y la consolidación de todas las actividades económicas que puedan poner en marcha, los autónomos y las autónomas en nuestra Comunidad Autónoma resulta conveniente encomendar a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía las actuaciones necesarias para la gestión de estos incentivos.
Por todo lo anterior, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 105.3 de la Ley 9/2007 de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en los apartados 1 y 4 del artículo 19 y el artículo 26 de la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2009, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión del día 22 de diciembre de 2009,
A C U E R D A
1. Autorizar a la Consejería de Empleo a encomendar a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía para la gestión de los expedientes de solicitudes de incentivos presentados al amparo de la Orden de la Consejería de innovación, Ciencia y Empresa de 25 de marzo de 2009. Dicha encomienda abarcará las convocatorias de 2009 y enero de 2010.
2. Aprobar el gasto por importe total de 49.780.214,82 € de carácter plurianual que a continuación se detalla:
Aplicación Presupuestaria Servicio 01 | Año 2009 | Año 2010 | TOTAL |
X.1.11.00.01.00.8071.740.02.72A | 14.306.394,82 | 12.773.035,00 | 27.079.429,82 |
X.1.11.00.01.00.8071.227.06.72A | 1.544.111,00 | 409.473,00 | 1.953.584,00 |
TOTAL | 15.850.505,82 | 13.182.508,00 | 29.033.013,82 |
Aplicación Presupuestaria Servicio 16 | Año 2009 | Año 2010 | TOTAL |
X.1.11.00.16.00.8071.740.01.72A | 11.606.839,00 | 0,00 | 11.606.839,00 |
TOTAL | 11.606.839,00 | 0,00 | 11.606.839,00 |
Aplicación Presupuestaria Servicio 18 | Año 2009 | Año 2010 | TOTAL |
X.1.11.00.18.00.8071.740.08.72A | 9.140.362,00 | 0,00 | 9.140.362,00 |
TOTAL | 9.140.362,00 | 0,00 | 9.140.362,00 |
TOTALES POR AÑO | 36.597.706,82 | 13.182.508,00 | 49.780.214,82 |
3. Facultar al Consejero de Empleo para adoptar las Resoluciones e impulsar cuantas actuaciones fueren necesarias para la puesta en práctica y ejecución del presente acuerdo.
Sevilla, 22 de diciembre de 2009
José Antonio Griñán Martínez
Presidente de la Junta de Andalucía
Antonio Fernández García
Consejero de Empleo
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