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Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, Sección 1.ª/12, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía se ha interpuesto por «Granada Mira TV, S.L.» recurso contencioso-administrativo núm. 2.061/2009, contra el Acuerdo de 16 de diciembre de 2008, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, en el que se resuelve el recurso de reposición presentado contra el Acuerdo de 29 de julio de 2008, por el que se resuelve el concurso público para el otorgamiento de concesiones para la explotación del servicio público de televisión digital terrestre del ámbito local en Andalucía, para su gestión privada.
Por ello, y a tenor de lo dispuesto en artículo 49 de la Ley 28/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo núm. 2.061/2009.
Segundo. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y emplazar a aquellas personas, terceros interesados, a cuyo favor hubieren derivado o derivaren derechos por el Decreto impugnado o cuyos derechos o intereses legítimos pudieran quedar afectados por la estimación de las pretensiones de la demandante, para que en el plazo de nueve días contados desde el siguiente a la publicación de la presente Resolución, comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala.
Sevilla, 15 de marzo de 2010.- La Directora General, Matilde Santiago Cossi.
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