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En fecha 22 de marzo de 2010 se ha dictado la siguiente Resolución de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud:
«RESOLUCIÓN DE 22 DE MARZO DE 2010, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL Y DESARROLLO PROFESIONAL DEL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD, POR LA QUE SE ACUERDA LA REMISIÓN DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO REQUERIDO POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚM. 12 DE SEVILLA, EN EL RECURSO P.A. NÚM. 78/2010 INTERPUESTO POR DOÑA MARÍA LUISA RODRÍGUEZ MOLINA, Y SE EMPLAZA A TERCEROS INTERESADOS
Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Doce de Sevilla se ha efectuado requerimiento para que se aporte el expediente administrativo correspondiente al recurso P.A. núm. 78/2010, interpuesto por doña María Luisa Rodríguez Molina contra la Resolución de 30 de octubre de 2008, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud, por la que a propuesta de la Comisión de Valoración del concurso de traslado de la categoría de Médicos de Familia, se aprueba la resolución definitiva de dicho concurso.
De conformidad con lo previsto en el art. 48.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, remítase al Juzgado copia precedida de un índice de los documentos que lo integran.
Emplácese a cuantos aparecen como interesados en dicho expediente para que puedan personarse ante el órgano jurisdiccional como demandados. Sevilla, a 22 de marzo de 2010. El Director General de Personal y Desarrollo Profesional. Fdo.: Antonio José Valverde Asencio.»
Por dicho Órgano Judicial, se señala para la celebración de la vista el día 24 de mayo de 2010, a las 11,05 horas.
En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el Órgano Jurisdiccional,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo P.A. núm. 78/2010.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para que, de conformidad con el artículo 78 en relación con el 49.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, los interesados puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve días ante dicho Juzgado en legal forma, haciéndoles saber que de personarse fuera del indicado plazo se les tendrá por parte sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento y que, de no hacerlo oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación alguna.
Sevilla, 22 de marzo de 2010.- El Director General, Antonio José Valverde Asencio.
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