Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 225 de 16/11/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 29 de julio de 2011, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de El Ejido, dimanante de procedimiento ordinario núm. 964/2008. (PP. 3049/2011).

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NIG: 0490242C20080004657.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 964/2008.

Negociado: O.

Sobre: Resolución Cttos. Arrendamiento Financiero y Recl. Cantidad.

De: VFS Financial Services Spain E.F.C., S.A.

Procuradora: Sra. Antonia Romera Castillo.

Letrado: Sr. Amalio Miralles Gómez.

Contra: Hormigones Gaber, S.L.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 964/2008 seguido a instancia de VFS Financial Services Spain E.F.C., S.A., frente a Hormigones Gaber, S.L., se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA

En El Ejido, a 23 de febrero de 2011.

Vistos por doña María del Carmen Hernández Fontán, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de El Ejido, los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 964/2008 seguidos a instancia de VFS Financial Services Spain EFC, S.A., representada por la Procuradora doña Antonia Romera Castillo y asistida por el Letrado don Amafio Miralles Gómez, sobre resolución de contratos de arrendamiento financiero mobiliario, contra Hormigones Gaber, S.L., en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora doña Antonia Romera Castillo, en nombre y representación de VFS Financial Services Spain EFC, S.A., contra Hormigones Gaber, S.L., en situación de rebeldía procesal, y declaro la resolución de los contratos de arrendamiento financiero mobiliario núms. 2802/50182/2006 y 2802/50228/2007 suscritos por las partes, debiendo la demandada devolver a la actora los vehículos volvo dumper articulado con núm. de chasis A35D-V13467 y volvo retrocargadora BL71 equipado con martillo hidráulico, con núm. de chasis VCEOB71PT00010041, con la documentación oficial de los mismos.

Asimismo, condeno a la sociedad demandada a pagar a la actora la cantidad de treinta y dos mil ochocientos cuarenta y un euros con dieciocho céntimos (32.841,18 €) de principal, más los intereses de demora pactados en el contrato, además de las nuevas cuotas que se devenguen desde el 17 de septiembre de 2008, hasta la fecha en la que se produzca la efectiva entrega de los vehículos, a razón de 4.609,04 €/mes en el caso del volvo dumper, y de 1.493,86 €/mes en el caso de la retrocargadora.

Se imponen las costas del presente procedimiento a la parte demandada.

Notifíquese a las partes esta Sentencia, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, que deberá ser interpuesto en este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, para su conocimiento por la llustrísima Audiencia Provincial de Almería.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 €, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.° de la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de cualquiera de ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, juzgando definitivamente en Primera Instancia, lo pronuncia, manda y firma doña María del Carmen Hernández Fontán, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de El Ejido y su partido judicial.

Y encontrándose dicho demandado, Hormigones Gaber, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En El Ejido, a veintinueve de julio de dos mil once.- El/La Secretario/a Judicial.

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