Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
El artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, establece que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración aún cuando no sean jerárquicamente dependientes de aquellas.
El artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención directa al ciudadano, atribuye la competencia para la autenticación de copias de documentos a que se refiere el artículo 21.2 de dicho Decreto, a las jefaturas de sección u órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos. En esta Delegación Provincial, la responsabilidad sobre los Registros General y Auxiliar recae en la Jefatura de Sección de Personal si bien razones de eficacia y celeridad en la prestación del servicio aconsejan la delegación de dicha competencia en distinto personal de la Delegación para aquellos documentos relativos a las materias que tienen encomendadas.
Por todo ello, resuelvo dar publicidad al Acuerdo de la Sección de Personal de 31 de enero de 2011, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución.
ANEXO
Acuerdo de 31 de enero de 2011, de la Sección de Personal de la Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de Sevilla, por el que se amplía la delegación de la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo contenida en el Acuerdo de 23 de julio de 2010 en la persona titular del puesto de trabajo que se cita.
Por resolución de la Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de Sevilla, de 28 de julio de 2010, publicada en el BOJA número 156 de 10 de agosto, se resolvió dar publicidad al Acuerdo de la Sección de Personal de 23 de julio de 2010, delegando la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos públicos o privados mediante cotejo con su original respecto de los documentos que se presenten en los registros General y Auxiliar de esta Delegación Provincial, haciendo uso de la facultad reconocida en los artículos 13.1 de la Ley 30/1992, de 29 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC) y 101.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía en relación con los artículos 38.5 LRJPAC y 3 LAJA así como con el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos.
La modificación de la Relación de Puestos de Trabajo operada por Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 17 de diciembre de 2010, publicada en el BOJA número 7, de 12 de enero de 2011, ha traído consigo la asignación a esta Delegación Provincial del puesto de trabajo denominado Negociado de Gestión (código 2979410) que por razón de las funciones que va a desempeñar en la Ventanilla Única Empresarial adscrita a esta Delegación, hace aconsejable que disponga también de la referida competencia delegada para la autenticación de copias mediante cotejo con su original.
Por todo ello, acuerdo:
Primero. Ampliar la delegación de la competencia de expedición de copias autenticadas de documentos públicos o privados mediante cotejo con su original, respecto de los documentos que se presenten en los Registros General y Auxiliar de la Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de Sevilla, contenida en el Acuerdo de 23 de julio de 2010, incluyendo en la misma a la persona titular del puesto de trabajo Negociado de Gestión (código 2979410).
Segundo. Esta delegación será revocable en cualquier momento, sin perjuicio de su posible avocación cuando circunstancias de índole técnica, social o jurídica lo hagan conveniente.
Tercero. En las copias autenticadas que se expidan en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia.
Cuarto. La presente delegación de competencias deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor a partir del día siguiente a su publicación.
Sevilla, 1 de febrero de 2011.- La Delegada, Estrella Montaño García.
Descargar PDF