Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 10/05/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 28 de marzo de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Sevilla, dimanante de procedimiento verbal núm. 1364/2009. (PP. 1248/2011).

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NIG: 4109142C20090040886.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1364/2009. Negociado: 3.º

De: Unicaja.

Procuradora: Sra. María Elisa Sillero Fernández.

Contra: Argelia González Suárez.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 1364/2009 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Sevilla a instancia de Unicaja contra Argelia González Suárez, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA núm. 120/10

Juez que la dicta: Don Manuel J. Hermosilla Sierra.

Lugar: Sevilla.

Fecha: Veinticuatro de junio de dos mil diez.

Parte demandante: Unicaja.

Procurador: Manuel Arévalo Espejo.

Parte demandada: Argelia González Suárez.

Objeto del juicio: Reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador don Manuel Arévalo Espejo en nombre y representación de la entidad Unicaja frente a doña Argelia González Suárez, condeno a la demandada a abonar a la actora un total de 906,76 euros, más los intereses legales devengados por dicha suma desde la fecha del emplazamiento, y todo ello sin realizar expresa condena en costas procesales.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 4053 0000 03 1364 09, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Argelia González Suárez, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a veintiocho de marzo de dos mil once.- El/La Secretario.

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