Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 156 de 09/08/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 27 de junio de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Huelva (antiguo Mixto núm. Diez), dimanante de procedimiento ordinario núm. 1175/2008. (PP. 2195/2012).

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NIG: 2104142C20080009919.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1175/2008. Negociado: E.

De: Construcciones García y Pino.

Procurador Sr.: Felipe Ruiz Romero.

Contra: Hurbana Siglo XXI.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1175/2008 seguido a instancia de Construcciones García y Pino frente a Hurbana Siglo XXI se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

«SENTENCIA 37/11

En Huelva a diecisiete de marzo de dos mil once. Don Jesús Gabaldón Codesido, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Huelva, ha visto los autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad, seguidos con el núm. 1175/08, a instancia de la mercantil Construcciones García y Pino, S.L., representada por el Procurador Sr. Ruiz Romero y bajo la dirección técnica del Letrado Sr. Rodríguez Rodríguez, como demandante; contra la mercantil Urbana Siglo XXI Grupo Inmobiliario, S.L.U., en situación de rebeldía, como demandada.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Ruiz Romero, en nombre y representación de la mercantil Construcciones García y Pino, S.L., condenando a la demandada a abonar a la demandante la cantidad de veinte mil setecientos sesenta y nueve euros con treinta y un céntimos (20.769,31 €) más el interés legal.

Haciendo imposición de las costas ocasionadas a la parte demandada.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que frente la presente sentencia se puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Huelva que, en su caso, deberá hacerse, previo el correspondiente depósito, ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes al que se practique su notificación.»

Y encontrándose dicho demandado, Hurbana Siglo XXI, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Huelva, a veintisiete de junio de dos mil doce.- El/La Secretario/a Judicial.

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