Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 21 de 01/02/2012

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Consejería de Obras Públicas y Vivienda

Anuncio de 19 de enero de 2012, de la Delegación Provincial de Cádiz, Junta Arbitral del Transporte, de notificación de laudos dictados en procedimientos de arbitraje en materia de transportes.

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Expediente R 70/11:

Ignorándose el actual domicilio de El Taller Conservero, S.L., contra el que se ha presentado solicitud de arbitraje que presentó ante esta Junta Arbital por parte de la entidad Transportes Buytrago Andalucía, S.A., en los términos que indican los artículos 37 y 38 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio de 1987), y dado que intentada la notificación en su domicilio esta no ha podido practicarse; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de la decisión dictada en el procedimiento de arbitraje en materia de transportes, Expte. R 70/11, por el que se estiman las pretensiones de Transportes Buytrago Andalucía, S.A., contra El Taller Conservero, S.L., cuya documentación se encuentra en el Servicio de Transportes de Cádiz, sito en Plaza Asdrúbal, s/n, Edificio Junta de Andalucía, 11071, Cádiz.

Lo que se notifica a efectos de su conocimiento e informamos que este laudo arbitral tiene los efectos previstos en la legislación de arbitraje, transcurridos veinte días desde la notificación de este laudo a las partes, podrá instarse su ejecución forzosa ante el Juzgado de Primera Instancia de Cádiz, conforme a lo dispuesto en la Ley de Arbitraje y de Enjuiciamiento Civil. Contra este laudo puede ejercitarse acción de anulación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, en los términos establecidos en los artículos 40 y siguientes en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, y contra el laudo firme, el recurso de revisión conforme a lo establecido en la legislación procesal para las sentencias judiciales firmes.

Expediente R 91/11:

Ignorándose el actual domicilio de Puertas Pepe Félix, S.L., contra el que se ha presentado solicitud de arbitraje que presentó ante esta Junta Arbital por parte de la entidad Transportes Buytrago Andalucía, S.A., en los términos que indican los artículos 37 y 38 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio de 1987), y dado que intentada la notificación en su domicilio esta no ha podido practicarse; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de la decisión dictada en el procedimiento de arbitraje en materia de transportes, Expte. R 91/11, por el que se estiman las pretensiones de Transportes Buytrago Andalucía, S.A., contra Puertas Pepe Félix, S.L., cuya documentación se encuentra en el Servicio de Transportes de Cádiz, sito en Plaza Asdrúbal s/n, Edificio Junta de Andalucía, 11071 Cádiz.

Lo que se notifica a efectos de su conocimiento e informamos que este laudo arbitral tiene los efectos previstos en la legislación de arbitraje, transcurridos veinte días desde la notificación de este laudo a las partes, podrá instarse su ejecución forzosa ante el Juzgado de Primera Instancia de Cádiz, conforme a lo dispuesto en la Ley de Arbitraje y de Enjuiciamiento Civil. Contra este laudo puede ejercitarse acción de anulación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, en los términos establecidos en los artículos 40 y siguientes en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, y contra el laudo firme, el recurso de revisión conforme a lo establecido en la legislación procesal para las sentencias judiciales firmes.

Expedientes R 115, 116, 117 y 134/11.

Ignorándose el actual domicilio de Forec Formación, S.L., contra el que se ha presentado solicitud de arbitraje que presentó ante esta Junta Arbital por parte de la entidad Transportes Ochoa, S.A., en los términos que indican los artículos 37 y 38 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio de 1987), y dado que intentada la notificación en su domicilio esta no ha podido practicarse; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de la decisión dictada en el procedimiento de arbitraje en materia de transportes, Expte. R 115, 116, 117 y 134/11, por el que se estiman parcialmente las pretensiones de Transportes Ochoa, S.A., contra Forec Formación, S.L., cuya documentación se encuentra en el Servicio de Transportes de Cádiz, sito en Plaza Asdrúbal, s/n, Edificio Junta de Andalucía, 11071, Cádiz.

Lo que se notifica a efectos de su conocimiento e informamos que este laudo arbitral tiene los efectos previstos en la legislación de arbitraje, transcurridos veinte días desde la notificación de este laudo a las partes, podrá instarse su ejecución forzosa ante el Juzgado de Primera Instancia de Cádiz, conforme a lo dispuesto en la Ley de Arbitraje y de Enjuiciamiento Civil. Contra este laudo puede ejercitarse acción de anulación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, en los términos establecidos en los artículos 40 y siguientes en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, y contra el laudo firme, el recurso de revisión conforme a lo establecido en la legislación procesal para las sentencias judiciales firmes.

Cádiz, 19 de enero de 2012.- El Delegado, Pablo Lorenzo Rubio.

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