Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 212 de 29/10/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente

Resolución de 19 de octubre de 2012, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se autoriza de forma provisional la recolección de zamburiña (Chlamys varia) procedente de la actividad acuícola en la zona de producción AND-28 Guadalmaza.

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La especie zamburiña (Chlamys varia) es un molusco bivalvo que vive en fondos arenosos o fangosos.

La Orden de 15 de julio de 1993, por la que se declaran las zonas de producción y protección o mejora de moluscos bivalvos, moluscos gasterópodos, tunicados y equinodermos marinos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, modificada por la Orden de 18 de noviembre de 2008, establece las especies autorizadas a su captura para cada una de las zonas de producción declaradas.

La especie en cuestión no se encuentra autorizada para su captura o extracción en las zonas de producción declaradas.

Actualmente, se han iniciado proyectos de acuicultura en bateas y long-lines en mar abierto de moluscos bivalvos como mejillón y otras especies. Y en concreto, en el litoral de Málaga, se están llevando a cabo varias iniciativas para el cultivo de zamburiña, lo cual supone la diversificación de especies de cultivos marinos y la ampliación en el mercado de la oferta de productos. Por ello, esta Dirección General, en virtud del artículo 2 de la Orden de 15 de julio de 1993, por el que se declaran las zonas de producción y protección o mejora de moluscos bivalvos, moluscos gasterópodos, tunicados y equinodermos marinos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, modificada por la de 18 de noviembre de 2008, considera oportuno autorizar con carácter provisional la recolección de zamburiña (Chlamys varia) en la zona de producción AND-28 Guadalmaza procedente de la actividad acuícola, en tanto se evalúa su inclusión en la citada relación de zonas de producción.

Por otra parte, el Decreto 124/2009, de 5 de mayo, por el que se regula la autorización de actividad de los centros de expedición y de depuración, así como la comercialización en origen de los moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos vivos, y se crea el Registro Oficial de Centros de Expedición y de Depuración de Andalucía, establece en los artículos 9 a 12 las condiciones para la venta y comercialización para consumo humano, de moluscos bivalvos, moluscos gasterópodos, equinodermos marinos, tunicados y otros invertebrados marinos vivos.

Teniendo en cuenta todo lo anteriormente expuesto y en particular la intención de la Consejería en el desarrollo y promoción de la acuicultura en Andalucía, y en virtud de la facultad que me confiere el Decreto 151/2012, de 5 de junio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente,

RESUELVO

Autorizar provisionalmente la recolección y comercialización, conforme al Decreto 124/2009, de 5 de mayo, de la zamburiña (Chlamys varia) procedente de la actividad de cultivos marinos en la zona de producción de moluscos bivalvos, moluscos gasterópodos, tunicados y equinodermos marinos AND-28 Guadalmaza, en la provincia de Málaga.

Sevilla, 19 de octubre de 2012.- La Directora General, Margarita Pérez Martín.

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