Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 14/02/2012

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Universidades

Resolución de 20 de enero de 2012, de la Universidad de Almería, por la que se convocan a concurso público contratos laborales con cargo a fondos de proyectos de investigación, por tramitación de urgencia.

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La Universidad de Almería convoca a concurso público contratos laborales con cargo a fondos de proyectos de investigación, por tramitación.

1. Régimen Jurídico: La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en:

- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27.11.1992), en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14.1.1999), en adelante LRJPAC.

- La normativa de la UAL vigente respecto a la contratación de personal con cargo a subvenciones de investigación.

- Las demás normas vigentes que sean de aplicación y, en particular, por las normas específicas contenidas en la Resolución de la propia convocatoria y sus Anexos.

2. Forma de provisión. La forma de provisión será el concurso de méritos, a través de la valoración de los requisitos generales, expediente académico y currículum detallados en esta convocatoria, y a los específicos detallados en los Anexos a esta convocatoria.

3. Requisitos de los solicitantes: Ser español/a, nacional de un país miembro de la Unión Europea o nacional de cualquiera de los Estados a los que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se haya definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea y aquellos de ésta para cuyo Estados no sea de aplicación la libre circulación de trabajadores deberán estar en posesión del permiso de residencia y de trabajo en vigor.

Tener cumplido los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

No padecer enfermedad ni tener alguna limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación en España, debiendo acompañarse a la solicitud fotocopia compulsada de la misma.

El resto de requisitos se especifica en el perfil del contrato de cada uno de los contratos relacionados en el Anexo I de esta convocatoria.

Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la adjudicación de los correspondientes contratos.

Los méritos que se aleguen tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes, no serán tenidos en cuenta para la evaluación de las solicitudes de los candidatos.

4. Trabajo a realizar: Ver Anexo I.

5. Salario bruto mensual: Ver Anexo I. El coste total del contrato incluirá la cuota patronal a aportar a la Seguridad Social y la indemnización final de contrato.

En el supuesto de que el contrato se homologara y su duración fuera igual o superior a un año, tendrá derecho a la exención de las tasas académicas de los cursos de su programa de posgrado que realice en la UAL, ya sea de máster o doctorado, para el curso académico en el que se convoca el contrato y el siguiente siempre que esté vigente el contrato concedido. Dicha exención no podrá exceder de 60 créditos cuando se trate de estudios de máster. No se incluye la tutela académica.

6. Duración: Ver Anexo I.

7. Director del contrato: Ver Anexo I.

8. Dedicación: Ver Anexo I. Si la dedicación de los contratos fuera a tiempo completo, serían incompatibles con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada expresamente por el órgano competente, así como sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria de la persona interesada, salvo los contratos derivados de la aplicación del art. 83 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y por la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

Es obligación del contratado comunicar a la Universidad de Almería la obtención de las mismas durante el período de vigencia del contrato. Las cantidades indebidamente percibidas deberán ser inmediatamente reintegradas a la Universidad de Almería.

La concesión del contrato no implica por parte de la Universidad de Almería ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación del interesado a su plantilla.

9. Obligaciones del contratado:

a) La aceptación del contrato por parte del beneficiario/a implica la de las normas fijadas en esta convocatoria y las determinadas por el director del contrato, quien fijará el horario, el lugar de desarrollo de su formación y demás circunstancias de su trabajo, dentro de la normativa vigente en la UAL y resoluciones emanadas de los órganos de gobierno de ésta.

b) Será obligación del contratado/a solicitar autorización del Vicerrector de Investigación, Desarrollo e Innovación para cualquier cambio de las condiciones iniciales del contrato o interrupción razonada del mismo, previo informe del responsable del proyecto, así como informar de la renuncia del mismo.

c) La no observancia de estas normas supondrá la anulación del contrato.

10. Solicitudes: Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado cuyo modelo se encuentra en el Servicio de Gestión de Investigación de la Universidad de Almería y se acompañará de la siguiente documentación:

- Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residente del solicitante.

- Título o resguardo de haberlo solicitado y certificación académica oficial, en original o fotocopia compulsada, en la que figuren, de forma detallada, las calificaciones obtenidas, fechas de las mismas y constancia expresa de que las materias constituyen el programa completo de la titulación correspondiente.

- Currículum vítae. Se deberá acreditar que se posee la experiencia y/o el conocimiento requerido en perfil del contrato especificado en el Anexo I (No se valorará aquello que no esté debidamente acreditado).

Las solicitudes, dirigidas al Vicerrector de Investigación, Desarrollo e Innovación, podrán presentarse en el Registro General de la Universidad, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38 de la LRJPAC.

Plazo de presentación de solicitudes: Diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOJA. Si el último día de presentación de solicitudes coincidiera con el sábado, el plazo se prorrogaría automáticamente al siguiente día hábil.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, mediante Resolución del Rector se hará pública la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación en este último caso de la causa de exclusión, en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Investigación de la Universidad de Almería, que servirá de notificación a los interesados, de acuerdo con el artículo 59.5.b) de la LRJPAC.

Asimismo, se concederá para la subsanación de las causas que originaron su exclusión un plazo de 5 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la lista.

Transcurrido el plazo citado se hará pública, en el tablón de anuncios arriba indicado la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que servirá de notificación a los interesados, según el artículo 59.5.b) de la LRJPAC.

En el caso de que todos los aspirantes estuvieran admitidos en la relación provisional, ésta devendrá en definitiva, pudiendo interponerse contra la misma recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de dicha resolución, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio); pudiendo ser recurrido potestativamente en reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la LRJPAC.

Una vez finalizado el proceso selectivo, los aspirantes no seleccionados podrán solicitar por escrito la devolución de la documentación aportada que, en caso de no solicitarse su devolución, podrá ser destruida en un plazo no inferior a tres meses contados a partir de la fecha de la propuesta de contratación de la Comisión Evaluadora. En ningún caso serán devueltas a los interesados las copias cotejadas por esta Universidad para la participación de aquéllos en el presente procedimiento selectivo.

11. Trámite de audiencia: A partir del día siguiente de la sesión de la Comisión Evaluadora de los contratos donde se apruebe la resolución provisional de la convocatoria, se abrirá un plazo de tres días hábiles para formular las alegaciones que estimen oportunas. La resolución provisional se publicará en el tablón de anuncios del Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo e Innovación y en su página web, que servirá de notificación de acuerdo con lo previsto en el artículo 59 de la LRJPAC.

12. Criterios de selección: La resolución de la presente convocatoria la realizará la Comisión de Selección que estará compuesta por:

- Sr. Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico o persona en quien delegue, que actuará como Presidente.

- Dos miembros de la Comisión de Investigación.

- El Director del contrato.

- Un funcionario de carrera adscrito al Servicio de Recursos Humanos, que actuará como Secretario.

La Comisión seleccionará y valorará prioritariamente la preparación académica y experiencia de los candidatos, siguiendo el baremo que figura como Anexo II a esta convocatoria, pudiendo citar a los candidatos a una entrevista personal. La Resolución del contrato se publicará en el citado tablón de anuncios y se notificará conforme a lo establecido en el artículo 59 de la LRJPAC.

Las plazas podrán quedar desiertas si a juicio de la Comisión de Selección los admitidos no reuniesen los requisitos necesarios para poder desarrollar el trabajo de investigación objeto de la convocatoria de este contrato.

Si se produjera la vacante o renuncia del contrato se podrá sustituir por el correspondiente suplente según el orden de prelación establecido en la Comisión de Selección.

La presente Resolución, agota la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE 24-12-2001), modificada por Ley Orgánica 4/2007, contra la misma podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes a partir de la recepción de esta Resolución según establece el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27.11.1992) en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE 14.1.1.999), o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería en el plazo de dos meses a partir igualmente de la recepción de esta Resolución. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14.7.1998).

Almería, 20 de enero de 2012.- El Rector, Pedro Molina García.

ANEXO I

Un contrato laboral posdoctoral financiado con los fondos del proyecto europeo «Mejora agroindustrial mediante transferencia tecnológica entre Almería y la región nor-oriental de Marruecos», con referencia 0086_AGROTEC_2_E

Perfil del contrato:

- Titulación requerida: Doctores, habiendo cursado la titulación de Ingeniero Agrónomo.

- Se requiere: Dominio del inglés (nivel mínimo B-2), acreditado mediante certificado. Haber realizado un Máster en Innovación y Tecnología de Invernaderos.

- Se valorará: La formación como Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (especialidad: Seguridad en el trabajo). Los conocimientos en cálculo de estructuras de invernadero.

Trabajo a realizar: Labores de investigación como Técnico Superior en el marco del proyecto de investigación.

Salario bruto: 726,30 €/mes.

Duración: 6 meses (con posibilidad de prórroga).

Dedicación: Tiempo completo.

Director: Dr. Ángel Carreño Ortega.

Un contrato laboral predoctoral financiado con los fondos del proyecto «Determinación estructural de módulos de reconocimiento de secuencias ricas en prolina y sus complejos», con referencia BIO2009-13261-C02-02

Perfil del contrato:

- Titulación requerida: Licenciado en Ciencias Químicas.

- Se requiere: Experiencia acreditada en:

- El uso de instrumentación para la obtención de patrón de difracción de proteínas (especialmente en medida de cristales con radiación sincrotrón).

- Cristalización y resolución estructural de proteínas.

- Se valorará: Conocimientos acreditados (mínimo First CertificateI, de inglés. Se realizará entrevista personal para acreditar el nivel de inglés. Conocimientos de técnicas de biología molecular y biofísica.

Trabajo a realizar: Cristalización de proteínas. Medidas de los patrones de difracción de proteínas en el sincrotrón. Resolución estructural de proteínas a partir de los patrones de difracción.

Salario bruto: 1.670 €/mes.

Duración: 6 meses (con posibilidad de prórroga).

Dedicación: Tiempo completo.

Director: Dra. Ana Cámara Artigas.

Un contrato laboral predoctoral financiado con los fondos del proyecto de excelencia «Aditivación de piedra natural mediante complejos acuosolubles de rutenio: efecto de la radiación visible y agentes atmosféricos externos», con referencia P09-FQM-5402

Perfil del contrato:

- Titulación requerida: Licenciado en Ciencias Químicas, a partir de enero de 2010.

- Se requiere: Experiencia acreditada en síntesis de compuestos organometálicos y su caracterización mediante RMN, IR y análisis elemental. Purificación de disolventes y manejo de líneas de vacío y síntesis en atmósfera inerte.

Trabajo a realizar: síntesis de fosfinas solubles en agua sus complejos de metálicos: caracterización y estudio mediante espectroscopía RMN.

Salario bruto: 1.173 €/mes.

Duración: 6 meses (con posibilidad de prórroga).

Dedicación: Tiempo completo.

Director: Dr. Antonio Romerosa Nievas.

ANEXO II

BAREMO PARA LA SELECCIÓN DE CONTRATOS LABORALES PREDOCTORALES

1. Expediente académico(5 - 10) *1,5

2. Becas (0-2)

2.1. Si ha disfrutado de una beca de

investigación del Ministerio, Junta

u homologada1/año

2.2. Si ha disfrutado de una beca de

colaboración del Ministerio0,2

3. Programa de Posgrado (máximo 60

ECTS computables)(0 - 1)

3.1. Por ECTS realizado0,01

3.2. Si ha superado el DEA o trabajo fin de máster0,4

4. Estancias de investigación en otros centros1(0 - 1)

4.1. En España0,2 x mes

4.2. En el extranjero0,3 x mes

5. Actividad investigadora2(0 - 5)

5.1. Libros publicados de

carácter internacionalhasta 2 puntos por cada uno

5.2. Libros publicados de

carácter nacionalhasta 1 punto por cada uno

5.3. Artículos de carácter

internacionalhasta 1,5 puntos por cada uno

5.4. Artículos de carácter

nacionalhasta 0,6 puntos por cada uno

5.5. Capítulos de libros de

carácter internacionalhasta 1 punto por cada uno

5.6. Capítulos de libros de

carácter nacionalhasta 0,5 puntos por cada uno

5.7. Actas de congresos

internacionaleshasta 0,6 puntos por cada uno

5.8. Actas de congresos

nacionaleshasta 0,3 puntos por cada uno

5.9. Comunicaciones a

congresos internacionaleshasta 0,2 puntos por cada uno

5.10. Comunicaciones a

congresos nacionaleshasta 0,1 puntos por cada uno

6. Experiencia o conocimientos

relacionados con los requisitos de la convocatoria(0 - 6)

7. Entrevista personal (opcional)(0 - 2)

1 Realizadas en todo caso tras la obtención de la titulación académica superior.

2 Se excluyen publicaciones de divulgación o de carácter docente (libros de texto, manuales…), y también aquellas que no estén sometidas a revisión por expertos. Se contabilizarán solo los trabajos de investigación publicados o en prensa. No se evaluarán las traducciones de libros. El carácter internacional de un Congreso no lo determina su título, sino el hecho de que las comunicaciones presentadas provengan de investigadores de varios países (no solo de dos países, por ejemplo), con un tanto por ciento considerable de comunicaciones de autores extranjeros.

Se consideran actas de congresos aquellas en las que se publica el trabajo completo expuesto en el congreso y no solamente un resumen del mismo.

El impacto internacional de una revista viene dado por su presencia en las bases de datos Science Citation Index, Social Sciences Citation Index, Arts & Humanities Citation Index, del Institute for Scientific Information, independientemente del idioma o país en que se edite.

BAREMO PARA LA SELECCIÓN DE CONTRATOS LABORALES POSDOCTORALES

Méritos del candidato.

1. Experiencia docente: por acreditar docencia universitaria relacionada con el Área de Conocimiento para la que se solicita el contrato, hasta 2 puntos por año acreditado (24 créditos), (máximo 4 puntos).

2. Expediente académico: (5-10) x 1,5.

2.1 Tesis doctoral (hasta 4 puntos).

- Si es Tesis con sobresaliente cum laude: 1 punto.

- Si es una Tesis con mención Europea/Internacional: 2 puntos.

- Si ha obtenido el premio extraordinario de tesis: 1 punto.

3. Estancias de investigación en otros centros (hasta un máximo de 7,5 puntos):

3.1 Extranjeros. Cada mes: 1,20.

3.2 Españoles. Cada mes: 0,80.

4. Actividad investigadora (hasta un máximo de 30 puntos):

4.1 Libros de impacto internacional. Cada uno hasta: 2.

4.2 Libros de impacto nacional. Cada uno hasta: 1,5.

4.3 Artículos de impacto internacional. Cada uno hasta: 1,5.

4.4 Artículos de impacto nacional. Cada uno hasta: 0,7.

4.5 Capítulos de libro de impacto internacional. Cada uno: 1,5.

4.6 Capítulos de libro de impacto nacional. Cada uno: 0,7.

4.7 Actas de congresos de impacto internacional. Cada una: 0,5.

4.8 Actas de congresos de impacto nacional. Cada una: 0,3.

4.9 Comunicaciones a congresos de impacto internacional. Cada una: 0,2.

4.10 Comunicaciones a congresos de impacto nacional. Cada una: 0,1.

5. Experiencia o conocimientos relacionados con los requisitos de la convocatoria: (0 - 6).

6. Entrevista personal (opcional): (0 - 2).

NOTA ACTIVIDAD INVESTIGADORA:

1. El impacto internacional de una revista viene dado por su presencia en las bases de datos independientemente del idioma o país en que se edite.

a) Si la publicación está en alguna de las siguientes bases de datos: Science Citation Index, Social Sciences Citation Index, Arts & Humanities Citation Index, del Institute for Scientific Information, la puntuación se ponderará según la posición que ocupe dicha revista dentro de la categoría:

- Bloque I (primer tercio): 1,5 p./artículo.

- Bloque II (segundo y tercer tercio): 1 p./artículo.

b) En el área de Filosofía, según su inclusión en uno o más de los repertorios internacionales aprobados por la Comisión Internacional de Investigación (Philosophers Index, Répertoire Bibliographique de Louvain y Pensamiento).

- Incluido en 3 repertorios: 1,5 p./artículo.

- Incluido en 1 ó 2 repertorios: 1 p./artículo.

c) Si la revista no está incluida en ninguno de los dos apartados anteriores, hasta 0,5 p./artículo.

2. Se excluyen publicaciones de divulgación o de carácter docente (libros de texto, manuales..), y también aquellas que no estén sometidas a revisión por expertos. Se contabilizarán sólo los trabajos de investigación publicados o en prensa. No se evaluarán las traducciones de libros. El carácter internacional de un Congreso no lo determina su título, sino el hecho de que las comunicaciones presentadas provengan de investigadores de varios países (no sólo de dos países, por ejemplo), con un porcentaje considerable de comunicaciones de autores extranjeros.

Se consideran actas de congresos aquellas en las que se publica el trabajo completo expuesto en el congreso y no solamente un resumen del mismo.

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