Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 14/02/2012

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Universidades

Resolución de 20 de enero de 2012, de la Universidad de Almería, por la que se convoca a concurso público un contrato laboral como Técnico Especialista TIC en Creación de Contenido Digital, Comunicación Audiovisual, Gestión de Aulas de Teledocencia y webTV del ceiA3, por tramitación de urgencia.

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La Universidad de Almería convoca a concurso público un contrato laboral como Técnico Especialista TIC en Creación de Contenido Digital, Comunicación Audiovisual, Gestión de Aulas de Teledocencia y webTV del ceiA3 en la Universidad de Almería, por tramitación de urgencia.

1. Régimen Jurídico: La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en:

- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27.11.1992), en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14.1.1999), en adelante LRJPAC.

- La normativa de la UAL respecto a la contratación de personal con cargo a subvenciones de investigación.

- Las demás normas vigentes que sean de aplicación y, en particular, por las normas específicas contenidas en la Resolución de la propia convocatoria y sus Anexos.

La instrucción del procedimiento corresponderá al Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo e Innovación.

2. Forma de provisión. La forma de provisión será el concurso de méritos, a través de la valoración de los requisitos, expediente académico y currículum detallados en esta convocatoria.

3. Requisitos de los solicitantes: Ser español/a, nacional de un país miembro de la Unión Europea o nacional de cualquiera de los estados a los que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se haya definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea y aquellos de ésta para cuyo Estados no sea de aplicación la libre circulación de trabajadores deberán estar en posesión del permiso de residencia y de trabajo en vigor.

Tener cumplido los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

No padecer enfermedad ni tener alguna limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas.

Se requiere estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:

- Licenciado en Comunicación Audiovisual.

- Técnico Superior en Realización de Audiovisuales y Espectáculos.

- Ingeniero Técnico en Informática de Gestión.

- Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas.

- Ingeniero en Informática.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación en España, debiendo acompañarse a la solicitud fotocopia compulsada de la misma.

Se valorará:

1. La experiencia acreditada en:

a) Manejo de Aulas de Docencia Avanzada y sistema Access Grid.

b) Conocimientos en Podcast y Píldoras Audiovisuales.

c) Experiencia en la Creación, Edición, Grabación y Postproducción de Contenido Digital Multimedia.

d) Experiencia en Producción Audiovisual.

e) Experiencia en gestión de IP-TV y Web-TV.

2. Capacidad de trabajo en equipo.

3. Disponibilidad horaria y capacidad de trabajo.

Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la adjudicación de los correspondientes contratos.

Los méritos que se aleguen tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes, no serán tenidos en cuenta para la evaluación de las solicitudes de los candidatos.

4. Trabajo a realizar: El técnico se encargará de todas las cuestiones relacionadas con el uso, mantenimiento y explotación de las infraestructuras y servicios TIC relacionados con el Campus de Excelencia CEIA3 en la UA.

5. Salario bruto mensual: 1.120 €/mes, devengándose un máximo de dos pagas extraordinarias. El coste total del contrato incluirá la cuota patronal a aportar a la Seguridad Social y la indemnización final de contrato.

6. Duración: 6 meses (con posibilidad de prórroga).

7. Director del contrato: Vicerrector de Tecnologías de la Información y de la Comunicación.

8. Dedicación: Tiempo completo. Estos contratos son incompatibles con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada expresamente por el órgano competente, así como sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria de la persona interesada, salvo los contratos derivados de la aplicación del art. 83 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y por la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

Es obligación del contratado comunicar a la Universidad de Almería la obtención de las mismas durante el período de vigencia del contrato. Las cantidades indebidamente percibidas deberán ser inmediatamente reintegradas a la Universidad de Almería.

La concesión del contrato no implica por parte de la Universidad de Almería ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación del interesado a su plantilla.

9. Obligaciones del contratado:

a) La aceptación del contrato por parte del beneficiario/a implica la de las normas fijadas en esta convocatoria y las determinadas por el director del contrato, quien fijará el horario, el lugar de desarrollo de su formación y demás circunstancias de su trabajo, dentro de la normativa vigente en la UAL y resoluciones emanadas de los órganos de gobierno de ésta.

b) Será obligación del contratado/a solicitar autorización del Vicerrector de Investigación, Desarrollo e Innovación para cualquier cambio de las condiciones iniciales del contrato o interrupción razonada del mismo, previo informe del responsable del proyecto, así como informar de la renuncia del mismo.

c) La no observancia de estas normas supondrá la anulación del contrato.

10. Solicitudes: Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado cuyo modelo se encuentra en el Servicio de Gestión de Investigación de la Universidad de Almería y se acompañará de la siguiente documentación:

- Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residente del solicitante.

- Título o resguardo de haberlo solicitado y certificación académica oficial, en original o fotocopia compulsada, en la que figuren, de forma detallada, las calificaciones obtenidas, fechas de las mismas y constancia expresa de que las materias constituyen el programa completo de la titulación correspondiente.

- Currículum vítae. Se deberá acreditar que se posee la experiencia y/o el conocimiento requerido en el apartado «3. Requisitos de los solicitantes» (no se valorará aquello que no esté debidamente acreditado).

Las solicitudes dirigidas al Vicerrector de Investigación, Desarrollo e Innovación podrán presentarse en el Registro General de la Universidad, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38 de la LRJPAC.

Plazo de presentación de solicitudes: Diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOJA. Si el último día de presentación de solicitudes coincidiera con el sábado, el plazo se prorrogaría automáticamente al siguiente día hábil.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, mediante Resolución del Rector se hará pública la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación en este último caso de la causa de exclusión, en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Investigación de la Universidad de Almería, que servirá de notificación a los interesados, de acuerdo con el artículo 59.5.b) de la LRJPAC.

Asimismo, se concederá para la subsanación de las causas que originaron su exclusión un plazo de 5 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la lista.

Transcurrido el plazo citado se hará pública, en el tablón de anuncios arriba indicado la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que servirá de notificación a los interesados, según el artículo 59.5.b) de la LRJPAC.

En el caso de que todos los aspirantes estuvieran admitidos en la relación provisional, ésta devendrá en definitiva, pudiendo interponerse contra la misma recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de dicha resolución, según dispone el artículo 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio); pudiendo ser recurrido potestativamente en reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de conformidad con el artículo 116 y 117 de la LRJPAC.

Una vez finalizado el proceso selectivo, los aspirantes no seleccionados podrán solicitar por escrito la devolución de la documentación aportada que, en caso de no solicitarse su devolución, podrá ser destruida en un plazo no inferior a tres meses contados a partir de la fecha de la propuesta de contratación de la Comisión Evaluadora. En ningún caso serán devueltas a los interesados las copias cotejadas por esta Universidad para la participación de aquéllos en el presente procedimiento selectivo.

11. Trámite de audiencia: A partir del día siguiente de la sesión de la Comisión Evaluadora de los contratos donde se apruebe la resolución provisional de la convocatoria, se abrirá un plazo de 3 días hábiles para formular las alegaciones que estimen oportunas. La resolución provisional se publicará en el tablón de anuncios del Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo e Innovación y en su página web, que servirá de notificación de acuerdo con lo previsto en el artículo 59 de la LRJPAC.

12. Criterios de selección: La resolución de la presente convocatoria la realizará la Comisión de Selección que será nombrada por el Rector de la Universidad de Almería.

La Comisión seleccionará y valorará prioritariamente la preparación académica y experiencia de los candidatos, siguiendo el baremo que figura como Anexo a esta convocatoria, pudiendo citar a los candidatos a una entrevista personal. La Resolución del contrato se publicará en el citado tablón de anuncios y se notificará conforme a lo establecido en el artículo 59 de la LRJPAC.

Las plazas podrán quedar desiertas si a juicio de la Comisión de Selección los admitidos no reuniesen los requisitos necesarios para poder desarrollar el trabajo de investigación objeto de la convocatoria de este contrato.

Si se produjera la vacante o renuncia del contrato se podrá sustituir por el correspondiente suplente según el orden de prelación establecido en la Comisión de Selección.

13. Financiación: Este contrato está financiado por el Ministerio de Educación (ahora Ministerio de Educación, Cultura y Deporte), Campus de Excelencia Internacional 2010 Segunda Fase. Financiación adicional vía Comunidad Autónoma de Andalucía.

La presente Resolución, agota la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24.12.2001), modificada por Ley Orgánica 4/2007, contra la misma podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes a partir de la recepción de esta resolución según establece el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27.11.1992) en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14.1.1999), o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería en el plazo de dos meses a partir igualmente de la recepción de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14.7.1998).

Almería, 20 de enero de 2012.- El Rector, Pedro Molina García.

BAREMO

Puntuación

1. Expediente académico (1 – 10)

2. Otras titulaciones (segunda titulación o máster) hasta 2

3. Experiencia indicada en el apartado 3 máximo 7

4. Entrevista personal máximo 3

Se valorarán únicamente aquellos méritos que estén debidamente acreditados.

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