Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 66 de 04/04/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Resolución de 20 de marzo de 2012, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación del Acuerdo de 27 de julio de 2011 que se cita, alcanzado ante el SERCLA.

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Vista el Acta de finalización del procedimiento de Conciliación –Mediación previo a la Convocatoria de Huelga ante la Comisión de Conciliación-Mediación del Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Colectivos Laborales de Andalucía (SERCLA) su referencia, (expediente 41/2011/0107), promovido por don Agustín José de la Cruz Serna, don Narciso Martín Zamorano, don Luis Miguel Rueda Martínez, don Ildefonso Navarrete Lara, don Juan Gavilán del Pino y don Manuel Carmona Acuña en representación del comité de huelga, frente a la Empresa Socibus, S.A., y Secorbus, S.L.

Visto lo dispuesto en el artículo 8 punto 2 del Real Decreto Ley 17/77, de 4 de marzo (in fine) BOE de 11.3.1977, a cuyo tenor se determina, que el pacto que ponga fin a la huelga tendrá la misma eficacia que lo acordado en Convenio Colectivo.

Visto lo dispuesto en el artículo 90 del referido Estatuto en relación con el artículo 2.1.d (in fine) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, según el cual serán objeto de inscripción en los Registros de Convenios y Acuerdos colectivos de trabajo los Convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del referido Estatuto, así como los Acuerdos que pongan fin a la huelga.

Visto lo dispuesto en el artículo 4.1 (in fine) del Reglamento de Funcionamiento y Procedimiento del Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Colectivos Laborales de Andalucía (SERCLA) (BOJA núm. 23, de 4 de febrero de 2004), que determina que, el texto del Acuerdo o Laudo que tenga atribuida eficacia de Convenio Colectivo, será remitido a la Autoridad Laboral para su registro y publicación, en los términos previstos en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo).

Visto lo dispuesto en el artículo 6.1.c) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, que establece que los Laudos arbitrales y los Acuerdos de Mediación acordados en el seno de un sistema de Mediación o Arbitraje, serán objeto de inscripción a solicitud del órgano de dirección del organismo correspondiente.

Esta Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo,

RESUELVE

Primero. Registrar y ordenar el depósito del Acuerdo adoptado en el SERCLA, de fecha 27 de julio de 2011, entre las Empresas Socibus, S.A., y Secorbus, S.L., y el Comité de Huelga.

Segundo. Disponer la publicación de dicho Acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 20 de marzo de 2012.- El Director General, Daniel Alberto Rivera Gómez.

ACTA DE CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN DE CONCILIACIÓN-MEDIACIÓN

En Sevilla, a 27 de julio de 2011, en el conflicto número 41\2011\0107, don Agustín José de la Cruz Serna, DNI 28458997Q, en calidad de Secretario de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CC.OO.-Andalucía; el Comité de Huelga de Socibus, S.A., y el Comité Huelga Secorbus, S.L., frente a Socibus, S.A., y Secorbus, S.L., se constituye la Comisión de Conciliación-Mediación integrada por:

Componentes de la C.C.M. Apellidos, Nombre, D.N.I. Firma
Presidencia Tovar Rodrigo, Antonio 28390816F
Secretaría Blanco Bello, Mª Reyes 52261985M
Vocal Sillero Onorato, Manuel 27304028S
Vocal Oliva Rodríguez, Emilia Mª 75543422Z
Vocal Moreno Calvo, Pilar 04557479Y

V.ºB.º, La Presidencia de la Comisión de Conciliación-Mediación, Fdo.: Antonio Tovar Rodrigo; la Secretaria de la Comisión de Conciliación-Mediación, Fdo.: M.ª Reyes Blanco Bello.

Expediente 41\2011\0107.

27/07/2011.

ACTA DE FINALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO PREVIO A HUELGA ANTE LA COMISIÓN DE CONCILIACIÓN-MEDIACIÓN

En Sevilla, a 27 de julio de 2011, en el conflicto número 41\2011\0107, don Agustín José de la Cruz Serna, DNI 28458997Q, en calidad de Secretario de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CC.OO.-Andalucía; el Comité de Huelga de Socibus, S.A., y el Comité Huelga Secorbus, S.L., frente a Socibus, S.A., y Secorbus, S.L., se constituye la Comisión de Conciliación-Mediación integrada por los miembros que al final se relacionan:

Antecedentes:

Con fecha 20.7.2011 se registró de entrada escrito de iniciación ante el SERCLA, interponiendo el presente conflicto.

Con fecha 20.7.2011 se cursaron citaciones para las partes, constando en el expediente la recepción de las mismas.

Convocadas las partes en tiempo y forma comparecen:

Por la parte promotora, don Agustín José de la Cruz Serna, DNI 28458997Q, don Narciso Martín Zamorano, DNI 28333970V, don Luis Miguel Rueda Martínez, DNI 50057851F, don Ildefonso Navarrete Lara, DNI 25978372X, don Juan Gavilán del Pino, DNI 75399978K y don Manuel Carmona Acuña, DNI 75388210Y.

En representación de las partes frente a las que se promueve el conflicto:

Don Antonio Rojano Ramos, DNI 25042455D, en virtud de poderes otorgados ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Luis Marazuela Carrascosa, fecha 21 de enero de 2005, con los números 120 y 116 de sus protocolos, que exhibe y retira y don José Carlos Parral Aguilar, DNI 51051861A, en virtud de poderes otorgados ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Ricardo Vilas de Escauriaza, de fecha 24 de febrero de 1998, con los números 553 y 552 de sus protocolos, que exhibe y retira.

Objetivos y finalidades del conflicto planteado por el promotor en el escrito de iniciación:

Incumplimientos del Convenio colectivo y de la obligación de informar en materia de contratación. Despido del Delegado de Personal

Se hace constar que el presente acto comienza a las 10,00 horas, finalizando a las 11,15 horas, siendo el número de trabajadores afectados por este conflicto el de 50.

Finalización del procedimiento: Con avenencia, al haber alcanzado las partes el acuerdo siguiente:

La empresa readmite al trabajador despedido, quedando en suspenso el expediente disciplinario hasta que termine el proceso de diagnóstico médico.

Los promotores del conflicto desconvocan en este acto la huelga planteada.

Componentes de la C.C.M. Apellidos, Nombre, DNI Firma
Presidencia Tovar Rodrigo, Antonio, 28390816F
Secretaría Blanco Bello, Mª Reyes, 52261985M
Vocal Sillero Onorato, Manuel; 27304028S
Vocal Oliva Rodríguez, Emilia M.ª, 75543422Z
Vocal Moreno Calvo, Pilar, 04557479Y

Firma de la representación de la parte promotora:

Nombre, Apellidos, D.N.I. Firma
D. AGUSTÍN JOSÉ DE LA CRUZ SERNA, D.N.I. 28458997Q
D. NARCISO MARTÍN ZAMORANO, D.N.I. 28333970V
D. LUIS MIGUEL RUEDA MARTÍNEZ, D.N.I. 50057851F
D. ILDEFONSO NAVARRETE LARA, D.N.I. 25978372X
D. JUAN GAVILÁN DEL PINO, D.N.I. 75399978K
D. MANUEL CARMONA ACUÑA, D.N.I. 75388210Y

Firma de la representación de la parte frente a la que se promueve el conflicto:

Nombre, Apellidos, D.N.I. Firma
D. ANTONIO ROJANO RAMOS, D.N.I. 25042455D
D. JOSÉ CARLOS PARRAL AGUILAR, D.N.I. 51051861A

V.ºB.º, La Presidencia de la Comisión de ConciliaciónMediación, Fdo.: Antonio Tovar Rodrigo; la Secretaria de la Comisión de Conciliación-Mediación, Fdo.: M.ª Reyes Blanco Bello.

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