Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 162 de 20/08/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 17 de julio de 2013, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Santa Fe, dimanante de procedimiento ordinario núm. 830/2010. (PP. 2060/2013).

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NIG: 1817542C20100002483.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 830/2010. Negociado: 4.

De: Zayoser, S.L.

Procurador: Sr. Antonio García-Valdecasas Luque.

Contra: Conducciones Hidráulicas y Carreteras, S.A., y Gorcaz Inversiones y Negocios, S.L.

EDICTO

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 830/2010 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Santa Fe a instancia de Zayoser, S.L., contra Conducciones Hidráulicas y Carreteras, S.A., y Gorcaz Inversiones y Negocios, S.L., se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM.

En Santa Fe, a 25 de octubre de 2012.

Doña Rosa Encarnación Martínez Roldan, Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de esta ciudad, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 830/2010, promovidos a instancia de Zayoser, S.L., representada por el Procurador don Antonio García-Valdecasas Luque y defendida por la Letrada doña Inmaculada Morales Sánchez, frente a Gorcaz Inversiones y Negocios, S.L., y Conducciones Hidráulicas y Carreteras, S.A., declaradas en rebeldía y versando el juicio sobre resolución de contrato de permuta de solar por obra futura.

FALLO

Estimo la demanda y declaro conforme a la Condición Resolutoria establecida en su día, la Resolución del Contrato de Permuta firmado con fecha 12 de mayo de 2004 y modificado mediante documentos de 22 de febrero de 2005 y 22 de febrero de 2007 al no haberse entregado a Zayoser, S.L., las 19 viviendas pactadas como contraprestación por el indicado solar y como consecuencia condeno a las demandadas a revertir e inscribir en el Registro de la Propiedad a nombre de Zayoser, S.L., con todo lo que de accesorio contengan las parcelas y libre de cuantas cargas y gravámenes pudieran existir, cancelando la hipoteca de 3.000.000 € de Banco Pastor, que consta en Registro de la Propiedad y ya ha sido abonada, las siguientes parcelas:

A1 Solar: Finca 9740 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 132 Alta 2.

A2 Solar: Finca 9741 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 133 Alta 2.

A3 Solar: Finca 9472 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 134 Alta 2.

A4 Solar: Finca 9473 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 135 Alta 2.

A5 Solar: Finca 9744 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 136 Alta 2.

A6 Solar: Finca 9475 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 137 Alta 2.

A7 Solar: Finca 9476 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 138 Alta 2.

A8 Solar: Finca 9477 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 139 Alta 2.

A9 Solar: Finca 9748 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 140 Alta 2.

A10 Solar: Finca 9749 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 141 Alta 2.

A11 Solar: Finca 9750 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 142 Alta 2.

A12 Solar: Finca 9751 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 143 Alta 2.

A13 Solar: Finca 9752 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 144 Alta 2.

A14 Solar: Finca 9753 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 145 Alta 2.

A15A Solar: Finca 9754 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 146 Alta 2.

A15B Solar: Finca 9755 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 147 Alta 2.

A16 Solar: Finca 9756 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 148 Alta 2.

A17 Solar: Finca 9757 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 149 Alta 2.

A18 Solar: Finca 9758 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 150 Alta 2.

A41 Solar: Finca 9830 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 222 Alta 2.

A42 Solar: Finca 9831 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 222 Alta 2.

A48 Solar: Finca 9832 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 223 Alta 2.

A87 Solar: Finca 9816 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 208 Alta 2.

A105 Solar: Finca 9820 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 212 Alta 2.

A106 Solar: Finca 9821 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 213 Alta 2.

A107 Solar: Finca 9822 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 214 Alta 2.

A108 Solar: Finca 9823 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 215 Alta 2.

A109 Solar: Finca 9824 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 216 Alta 2.

A110 Solar: Finca 9825 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 217 Alta 2.

A111 Solar: Finca 9826 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 218 Alta 2.

A112 Solar: Finca 9827 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 219 Alta 2.

A113 Solar: Finca 9828 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 220 Alta 2.

Condeno a las demandadas a cancelar en el Registro de la Propiedad núm. 2 de Santa Fe la 1.ª hipoteca que por importe de 3.000.000 € se realizó sobre las siguientes parcelas por estar abonada y cancelada la misma con fecha 10 de junio de 2009:

A50 Solar: Finca 9833 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 224 Alta 1.

A51 Solar: Finca 9834 de Alhendín Tomo 2281 Libro 166 Folio 225 Alta 1.

A55 Solar: Finca 9835 de Alhendín Tomo 2297 Libro 167 Folio 1 Alta 1.

A56 Solar: Finca 9836 de Alhendín Tomo 2297 Libro 167 Folio 2 Alta 1.

A75 Solar: Finca 9837 de Alhendín Tomo 2297 Libro 167 Folio 3 Alta 1.

A76 Solar: Finca 9838 de Alhendín Tomo 2297 Libro 167 Folio 4 Alta 1.

A77 Solar: Finca 9839 de Alhendín Tomo 2297 Libro 167 Folio 5 Alta 1.

A89 Solar: Finca 9841 de Alhendín Tomo 2297 Libro 167 Folio 7 Alta 1.

A90 Solar: Finca 9842 de Alhendín Tomo 2297 Libro 167 Folio 8 Alta 1.

A91 Solar: Finca 9843 de Alhendín Tomo 2297 Libro 167 Folio 9 Alta 1.

A92 Solar: Finca 9844 de Alhendín Tomo 2297 Libro 167 Folio 10 Alta 1.

Condeno igualmente a CHC y Gorcaz Inversiones y Negocios, S.L., al pago de cuantos gastos, impuesto o tasas se puedan devengar de la restitución jurídica y cancelación de hipoteca de las parcelas a Zayoser, S.L., con reserva de acciones de daños y perjuicios y costas de la instancia.

Notífíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente al de su notificación.

Para preparar el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado debiendo especificar en el campo «concepto de cobro» que se trata de un recurso seguido del código 02 y su acreditación al interponer el recurso.

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la D.A. 5.ª de la LOPJ y quienes tengan derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/

Publicación. La anterior sentencia ha sido leída y publicada por la llma. Sra. Juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Conducciones Hidráulicas y Carreteras, S.A., y Gorcaz Inversiones y Negocios, S.L., extiendo y firmo la presente en Santa Fe, diecisiete de julio de dos mil trece. El/La Secretario.

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