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NIG: 2906744S20120013222.
Procedimiento: Social Ordinario 960/2012. Negociado: A1.
De: Fundación Laboral de la Construcción.
Contra: Promosur Home, S.L
EDICTO
Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Siete de Málaga.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 960/2012, a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Promosur Home, S.L., sobre Social Ordinario, se ha dictado Resolución de fecha 4.7.13 del tenor literal siguiente:
FALLO
Que debo estimar y estimo la demanda presentada por Fundación Laboral de la Construcción contra Promosur Home, S.L., y condenar a ésta a que abone a la Fundación Laboral de la Construcción 325,28 euros.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la presente no cabe recurso.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación: Dada, leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la dicta, leyéndola en audiencia pública en el lugar y fecha antes indicados, de lo que doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado, Promosur Home, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a diez de julio de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.
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