Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 214 de 30/10/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 21 de octubre de 2013, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Granada, dimanante de Divorcio Contencioso núm. 1435/2012. (PD. 2813/2013).

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S E N T E N C I A

La Secretario Judicial Victoria Santos Ortuño, del Juzgado de Familia núm. Tres de Granada, certifica extracto de sentencia autos 1435/2012 de divorcio, seguidos ante este Juzgado a instancia de don Francisco Rubio contra doña Flor de María Olivares Ronquillo, en situación procesal de rebeldía;

FALLO

Que estimando la demanda de divorcio matrimonial. Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Granada (artículo 458 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, deberá exponer las alegaciones en que base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna. Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 1724 , indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita. Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el Libro de Sentencias. Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Flor de María Olivares Ronquillo, en ignorado paradero, le hago saber que en el Juzgado está a su disposición el texto íntegro para su conocimiento, extiendo y firmo la presente en Granada, a 21 de octubre dos mil trece.- La Secretario Judicial, V. Santos Ortuño.

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