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Don Juan Manuel Gómez Pardo, Secretario Judicial de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada.
Certifico: Que en esta Sala y Sección se tramita recurso contencioso administrativo, con el núm. 1061/2010-K, seguido a instancia de Asociación de Farmacéuticos Adjuntos de Málaga, Jaén, Huelva y Sevilla contra la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía sobre CCAA Orden de 8.4.10 que convoca concurso público para la adjudicación de Oficinas de Farmacias.
En dicho procedimiento se dictó Sentencia por esta Sala –Sección Primera, núm. 2170/2012– con fecha 9.7.2012, declarada firme en el día de hoy, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
«FALLO. Que debemos estimar y estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de Asociación de farmacéuticos adjuntos de Málaga, Asociación de farmacéuticos adjuntos de Jaén, Asociación de farmacéuticos adjuntos de Huelva, y Asociación de farmacéuticos adjuntos de Sevilla contra la Orden de 8 de abril de 2010, de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de oficinas de farmacia, en desarrollo de lo previsto en la disposición final segunda de la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacias de Andalucía, publicada en el BOJA de 26 de abril de 2010, declarando nulo por no ser conforme a derecho el artículo 7.3 de la Orden impugnada. Sin expresa imposición de las costas a las partes.
Y para que conste, en cumplimiento de lo establecido en el art. 72.2 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que ordena la publicación del Fallo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en que lo hubiera sido la disposición anulada, extiendo la presente en Granada, 6 de marzo de 2013.- El Secretario.
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