Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 52 de 15/03/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 4 de marzo de 2013, del Juzgado de lo Social núm. Uno de Jerez de la Frontera, dimanante de procedimiento núm. 143/2011.

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NIG: 1102044S20110000377.

Procedimiento: 143/2011. Negociado: S.

De: Don Manuel Castro Barroso.

Contra: Desarrollos Obras y Contratas, S.L. y Coviser La Loma, S.L.

EDICTO

El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Uno de Jerez de la Frontera.

Hace saber: Que en este Juzgado, se siguen los autos núm. 143/2011, sobre Social Ordinario, a instancia de don Manuel Castro Barroso contra Desarrollos Obras y Contratas, S.L., y Coviser La Loma, S.L., en la que con fecha 6 de febrero de 2013, se ha dictado Sentencia núm. 64/13 que sustancialmente dice lo siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por don Manuel Castro Barroso frente a las empresas Coviser La Loma, S.L., y Desarrollo de Obras y Contratas, S.L., y el Fondo de Garantía Salarial, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa Coviser La Loma, S.L., a que abone al actor la cantidad de dos mil ochocientos once euros (2.811,00 €) en concepto de principal, más el diez por ciento por interés de mora, exclusivamente respecto de los conceptos salariales y condeno solidariamente a la empresa Desarrollo de Obras y Contratas, S.L., a que de la citada cantidad abone al actor la cantidad de dos mil quinientos cincuenta y cuatro euros y cincuenta y un céntimos (2.554,51 ).

Debo condenar y condeno al Fondo de Garantía Saiarial a estar y pasar por la presente declaración, sin perjuicio del cumplimiento de sus obligaciones legales.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoseles saber que la misma es firme al no ser susceptible de recurso de suplicación a tenor de lo dispuesto en el art. 191.2.g) de la L.R.J.S., por no exceder la reclamación de 3.000 euros.

Asi por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia por SS. el llmo. Sr. Magistrado don Lino Román Pérez, estando celebrando audiencia pública en el dia de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a Desarrollos Obras y Contratas, S.L. y Coviser La Loma, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Jerez de la Frontera, a cuatro de marzo de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.

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