Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 11/02/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 16 de enero de 2014, del Juzgado de lo Social núm. Uno de Sevilla, dimanante de autos núm. 239/11.

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NIG: 4109144S20110002884.

Procedimiento: 239/11. Negociado: 7.

Sobre: Cantidad.

De: Don/Doña Rosario Guisado Sáenz, Daniel Durán Rubio, José Cortés González, Antonio Cadenas Montilla, Antonio Domínguez Perea y Víctor Hernández Ruiz.

Contra: Don/Doña Celia Salvador López, Portugos, S.A., Dismarpo, S.L., Carlos Salvador Fernández-Monsaque y Sucesores, Dago Sur, S.L, Extrusionados Marchena, S.L., Kelia Málaga, S.L., Kelia Granada, S.L., Kelia Córdoba, S.L., Productos Kelia, S.L., Kelia, S.L., María Josefa López Sanz y sucesores, S.L.

EDICTO

El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social núm. Uno de Sevilla.

HACE SABER

Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 239/2011, sobre Seguridad Social en materia prestacional, a instancia de Rosario Guisado Sáenz, Daniel Durán Rubio, José Cortes González, Antonio Cadenas Montilla, Antonio Domínguez Perea y Víctor Hernández Ruiz contra Celia Salvador López, Portugos, S.A., Dismarpo, S.L., Carlos Salvador Fernández-Monsaque y Sucesores, Dago Sur, S.L., Extrusionados Marchena, S.L., Kelia Málaga, S.L., Kelia Granada, S.L., Kelia Córdoba, S.L., Productos Kelia, S.L., Kelia, S.L., María Josefa López Sanz y Sucesores, S.L., en la que con fecha se ha dictado Resolución que sustancialmente dice lo siguiente:

La Ilma. Sra. doña Aurora Barrero Rodríguez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social núm. Uno de Sevilla, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NÚM. 15/2014

En Sevilla, a 14.1.2014 vistos enjuicio oral y público los presentes autos, seguidos en este Juzgado bajo el número 239/2011 promovidos por don Antonio Cadenas Montilla, don José Cortés González, don Antonio Domínguez Perea, don Daniel Durán Rubio, doña Rosario Guisado Sáenz y don Víctor Hernández Ruiz contra Portugos, S.A., Kelia, S.L., Productos Kelia, S.L., Kelia Córdoba, S.L., Kelia Granada, S.L., Kelia Málaga, S.L., Extrusionados Marchena, S.L., Dago Sur, S.L., Dismarpo, S.L., Carlos Salvador Fernández-Mensaque y sucesores, S.L., María Josefa López Sanz y sucesores, doña Celia Salvador López y Fogasa sobre cantidad.

FALLO

Estimo la demanda formulada por don Antonio Cadenas Montilla, don José Cortés González, don Antonio Domínguez Perea, don Daniel Durán Rubio, doña Rosario Guisado Sáenz, don Víctor Hernández Ruiz contra Portugos, S.A., Kelia, S.L., Productos Kelia, S.L., Kelia Córdoba, S.L., Kelia Granada, S.L., Kelia Málaga, S.L., Extrusionados Marchena, S.L., Dago Sur, S.L., Dismarpio, S.L., Carlos Salvador Fernández-Mensaque y Sucesores, S.L. y María Josefa López Sanz y sucesores y condeno solidariamente a las demandadas a que abonen a los actores las siguientes cantidades: a don Antonio Cadenas Montilla 5.679,53 €, a don José Cortés González 8.651,72 , a don Antonio Domínguez Perea 3.799,75 , a don Daniel Durán Rubio 2.817,50 , a doña Rosario Guisado Sáenz 2.486,01 y a don Víctor Hernández Ruiz 2.507,17 . Con absolución de doña Celia Salvador López de la acción contra ella ejercitada. Sin efectuar pronunciamiento respecto del Fogasa, sin perjuicio del cumplimiento de sus obligaciones legales.

Se advierte a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación, debiendo ser anunciado por ante este Juzgado de lo Social en la forma establecida por la Ley.

Caso de que el recurrente sea el demandado deberá ingresar conforme establecen los artículos 229 y 230 LPL la cantidad que se le condena en la cuenta-expediente abierta en la entidad Banco Español de Crédito –Banesto entidad núm. 0030, sucursal Avda de la Buhaira (oficina núm. 4325), sita en C/ José Recuerda Rubio, núm. 4, de Sevilla cuenta núm. 4020 0000 65 (más número de autos, en cuatro cifras, añadiendo a la izquierda los ceros necesarios más número de año de los autos indicándose únicamente las dos últimas cifras; en total 16 dígitos), como asimismo, deberá depositar la suma de 300 € en la cuenta anteriormente reseñada.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a Portugos, S.A., Dismarpo, S.L., Dago Sur, S.L., Kelia Málaga, S.L., Kelia Granada, S.L., Kelia Córdoba, S.L., Productos Kelia, S.L., Kelia, S.L. y María Josefa López Sanz y sucesores, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

Sevilla, 16 de enero de 2014.- El/La Secretario/a Judicial.

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