Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 25/02/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 13 de febrero de 2014, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 144/2013.

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Procedimiento: 193/11. Ejecución de títulos judiciales 144/2013. Negociado: 2E.

NIG: 4109144S20110002291.

De: Don Juan Alberto Jorge Muñoz.

Contra: Emdaro Aroche, S.L., Grupo de Empresas Femvisa, S.A., y Cortegana XXI, S.L.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla,

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 144/2013 a instancia de la parte actora don Juan Alberto Jorge Muñoz contra Emdaro Aroche, S.L., Grupo de Empresas Femvisa, S.A., y Cortegana XXI, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 13.2.14, del tenor literal siguiente:

DECRETO

Secretaria Judicial doña María Amparo Atares Calavia.

En Sevilla, a trece de febrero de dos mil catorce.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Juan Alberto Jorge Muñoz ha presentado demanda de ejecución frente a Grupo de Empresas Femvisa, S.A., Emdaro Aroche, S.L., y Cortegana XXI, S.L.

Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 1.7.13, frente a Grupo de Empresas Femvisa, S.A., por un total de 16.915,88 € en concepto de principal más la de 3.383,17 calculados provisionalmente para intereses y costas y frente a Emdaro Aroche, S.L. y Cortegana XXI, S.L., con carácter solidario de la suma de 15.698,57 más otros 3.139 que se calculan provisionalmente para intereses y costas.

Tercero. De las actuaciones practicadas se obtuvo de Emdaro Aroche, S.L., y Cortegana XXI, S.L., la cantidad de 15.698,57 euros de principal y 1.730,745 € de intereses y costas, habiendo quedado abonado el principal reclamado solidariamente a estas empresas, quedando pendiente el principal reclamado a la empresa Grupo de Empresas Femvisa, S.A., y que asciende a la suma de 1.217,31 .

Cuarto. No se han encontrado bienes susceptibles de traba a la empresa Grupo de Empresas Femvisa, S.A., y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. Disponen los arts. 250 y 276 de la L.R.J.S que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el Secretario Judicial de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO

Declarar al ejecutado Grupo de Empresas Femvisa, S.A., en situación de insolvencia total por importe de 1.217,31 € de principal más la de 243,46 presupuestados para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S.

El/La Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado Grupo de Empresas Femvisa, S.A., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a trece de febrero de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

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