Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 118 de 19/06/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Comercio

Orden de 28 de mayo de 2015, por la que se asigna al ámbito territorial de la provincia de Córdoba el excedente de crédito, para gastos corrientes de empresas, personas físicas o jurídicas, artesanas (Modalidad ARE), procedente del resto de ámbitos territoriales, relativo a la Orden de 9 de julio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de artesanía y se convocan, para el ejercicio 2014, las subvenciones a conceder en favor de asociaciones, federaciones y confederaciones de artesanos y artesanas y en favor de empresas, personas físicas o jurídicas, artesanas (Modalidad ARA/E).

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Mediante la Orden de 9 de julio de 2014, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de artesanía y se convocan para el ejercicio 2014, las subvenciones a conceder en favor de asociaciones, federaciones y confederaciones de artesanos y artesanas y en favor de empresas, personas físicas o jurídicas, artesanas (Modalidad ARA/E) (BOJA núm. 140, de 21 de julio de 2014).

En el apartado 2 de la disposición adicional primera de la citada Orden de 9 de julio de 2014 se establece que la cuantía del crédito disponible será distribuida territorialmente entre cada una de las provincias de la Comunidad Autónoma Andaluza, en proporción a la cuantía global de las inversiones aceptadas correspondientes a la totalidad de las solicitudes admitidas en cada una de ellas.

En la disposición adicional tercera de la citada Orden de 9 de julio de 2014, se establecen los créditos presupuestarios con sus correspondientes cuantías máximas para los ejercicios 2014 y 2015.

En la Orden de 20 de octubre de 2014 se realiza la declaración de créditos disponibles y su distribución entre ámbitos territoriales relativos a la Orden de 9 de julio de 2014.

Mediante la Orden de 15 de enero de 2015 se realiza una nueva declaración de créditos disponibles en el ejercicio corriente y su distribución entre ámbitos territoriales relativos a la Orden de 9 de julio de 2014, al no haber sido posible la resolución de la totalidad de la convocatoria de subvenciones en el ejercicio 2014.

No obstante, la necesidad real de crédito en todos los ámbitos territoriales, excepto en el ámbito territorial de la provincia de Córdoba, de las subvenciones para gastos corrientes de empresas, personas físicas o jurídicas, artesanas (Modalidad ARE), ha sido inferior a la asignación realizada. Por el contrario, en el ámbito territorial de la provincia de Córdoba el crédito distribuido es insuficiente para atender todas las solicitudes admitidas. Por ello, con la finalidad de atender el interés general y motivado por la necesidad de adecuarse a los principios de estabilidad financiera y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, que establece la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, resulta necesario dictar la presente Orden para aumentar el crédito en el ámbito territorial de la provincia de Córdoba con el excedente de crédito del resto de ámbitos territoriales.

De acuerdo con lo anterior y con lo determinado en el artículo 5 de las bases reguladoras de la Orden de 9 de julio de 2014, y en virtud del uso de las competencias conferidas en el artículo 115.1 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y por el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Único. En las subvenciones para gastos corrientes de empresas, personas físicas o jurídicas, artesanas (Modalidad ARE), previstas en la Orden de 9 de julio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de artesanía y se convocan, para el ejercicio 2014, las subvenciones a conceder en favor de asociaciones, federaciones y confederaciones de artesanos y artesanas y en favor de empresas, personas físicas o jurídicas, artesanas (Modalidad ARA/E), se asigna al ámbito territorial de la provincia de Córdoba el excedente de crédito del resto de ámbitos territoriales por importe de 36.297,58 euros, que se suma al crédito inicial de 70.272,84 euros de dicho ámbito territorial distribuido en la Orden de 15 de enero de 2015, de esta Consejería, haciendo un total de 106.570,42 euros.

Sevilla, 28 de mayo de 2015

LUCIANO ALONSO ALONSO

Consejero de Educación, Cultura y Deporte.
Consejero de Turismo y Comercio,
por vacante en el cargo (de conformidad con el
Decreto de la Presidenta 6/2015, de 26.1),
en funciones
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