Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00073936.
NIG: 1808742C20130000595.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 40/2013. Negociado: 09.
Sobre: Acción de responsabilidad contractual y acción de nulidad.
De: Eduardo Entrala Bueno, Félix Losada Macías y Jorge Juan Pfeifer López-Jurado.
Procuradora Sra.: María África Valenzuela Pérez.
Letrado Sr.: José Ángel Zurita Millán.
Contra: Ramón Orti García-Vicente, Santiago Carbo Valverde, Francisco Moreno Moreno-Barreda, Rafael Martínez Canavate-Burgos, Salvador Martín Orti, Isabel Espigares Ruiz, Antonio García Ortega, Leopoldo Cabrera Figueruela, Carlos Pérez de Victoria Zarate, Gabriel Martín Jiménez y Vicente Bellot García.
Procuradoras Sras.: Josefa Hidalgo Osuna y María Victoria Espadas Ledesma.
Letrados Sres.: Nicasio Angulo Jiménez y Marcos Galera López.
EDICTO
Doña Rosa María Martínez Molina, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número Diecisiete de Granada.
Hace saber: Que en este Juzgado se sigue Procedimiento Ordinario 040/13, a instancia de Eduardo Entrala Bueno, Félix Losada Macías y Jorge Juan Pfeifer Lopez-Jurado frente a Ramón Orti García-Vicente, Santiago Carbo Valverde, Francisco Moreno Moreno-Barreda, Rafael Martínez Canavate-Burgos, Salvador Martín Orti, Isabel Espigares Ruiz, Antonio García Ortega, Leopoldo Cabrera Figueruela, Carlos Pérez de Victoria Zarate, Gabriel Martín Jiménez y Vicente Bellot García. En dicho procedimiento se ha dictado Sentencia núm. 39/15 de fecha veintisiete de marzo de dos mil quince, contra la que cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente a su notificación o publicación en el Boletín correspondiente.
Los autos quedan en esta oficina judicial a disposición de las partes donde los interesados podrán tener conocimiento íntegro de la resolución.
(ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).
En Granada, a veintidós de junio de dos mil quince.- La Secretaria Judicial.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»
Descargar PDF