Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 190 de 29/09/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 31 de julio de 2015, del Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Málaga, dimanante de procedimiento verbal núm. 1955/2013. (PP. 2308/2015).

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NIG: 2906742C20130042836.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1955/2013. Negociado: 5.

Sobre: Pago de suministros.

De: Gas Natural Servicios SDG, S.A.

Procuradora: Doña Elena Medina Cuadros.

Contra: Son Salvador Martín Rodríguez.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 1955/2013, seguido en el Juzgado de Primera de Instancia núm. Catorce de Málaga a instancia de Gas Natural Servicios SDG, S.A., contra Salvador Martín Rodríguez sobre pago de suministros, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA 290/2014

En Málaga, a veintidós de diciembre de dos mil catorce.

Vistos por doña Marta Báguena Mesa, Magistrada-Juez del Juzgado de la Instancia núm. Catorce de Málaga, los presentes autos de Procedimiento Verbal que registrados con el número arriba indicado se siguen a instancia de Gas Natural Servicios SDG, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales señora Medina Cuadros, y asistida del Letrado señor Torres Sagaz, contra don Salvador Martín Rodríguez, en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando en su integridad la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales señora Medina Cuadros, en nombre y representación Gas Natural Servicios SDG, S.A., sobre resolución de contrato y reclamación de cantidad, contra don Salvador Martín Rodríguez, debo declarar y declaro resuelto el contrato de suministro de gas concertado entre las partes a fecha de 25 de mayo de 2008, para el local sito en calle Plutarco, núm. 75.bis, bajo, de Málaga, a que se contrae la demanda, y en consecuencia autorizar para se proceda a la lectura del contador existente en el citado inmueble, y proceder tras ello a la desconexión y retirada del mismo, lo que se llevará a cabo en la fecha y hora señalada al efecto por este Juzgado, y debo condenar y condeno al citado demandado a abonar a la actora la suma reclamada de 1.849,16 euros, más la que resulte de la facturación comprendida entre la última lectura estimada de 13.758 metros cúbicos y la que se realice en el momento de la desconexión del contador, según tarifa vigente, más intereses legales de la suma reclamada en demanda según se determinan en el fundamento jurídico tercero de esta resolución, y costas.

La presente Resolución no es firme y contra ella podrá interponerse recurso de apelación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Dada, leída y publicada que ha sido la anterior Sentencia por la llma. Señora Magistrada-Juez que la suscribe, encontrándose celebrando audiencia Pública en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado, Salvador Martín Rodríguez, extiendo y firmo la presente en Málaga, a treinta y uno de julio de dos mil quince.- El/La Secretario/a.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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