Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 190 de 29/09/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 31 de julio de 2015, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 119.1/2015.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00076760.

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 119.1/2015. Negociado: C3.

NIG: 2906744S20140000596.

De: Don Luis Gilberto Meza Ferreira.

Contra: Mecanizados Almalaki, S.L, Aluminios Malacor, S.L., y Aluminios Jurado, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 119.1/2015 a instancia de la parte actora Luis Gilberto Meza Ferreira contra Mecanizados Almalaki, S.L., Aluminios Malacor, S.L., y Aluminios Jurado, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales, se han dictado auto y Decreto ambos de fecha 31.7.2015, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

S.S.ª Ilma. Dijo: Procede y así por este auto se dicta orden general de ejecución, así como despachar la misma en los siguiente términos:

1. A favor de Luis Gilberto Meza Ferreira contra Aluminios Malacor, S.L., Aluminios Jurado, S.L., y Mecanizados Almalaki, S.L.

2. El principal de la ejecución es por 7.818,03 €, más la cantidad de 1.250,88 presupuestada para intereses y costas, lo que hace un total de 9.068,83 .

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en el Banco Santander núm. 2955000064011915, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código 30 y Social-Reposición, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional 15.ª de la L.O. 6/1985, salvo los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta del Banco Santander ES55 0049 3569 9200 0500 1274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, y en Observaciones se consignarán los 16 dígitos de la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código .

Así por este auto, lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. don Gonzalo Alonso Sierra, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga. Doy fe.

EL/LA MAGISTRADO/JUEZ EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo: Procédase a la ejecución de la sentencia por la suma de 7.818,03 euros en concepto de principal, más la de 1.250,88 euros calculados para intereses y gastos y dése audiencia a la actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo, advirtiéndoles que, transcurrido dicho plazo sin manifestación alguna, se procederá, en su caso, a dictar el correspondiente decreto de insolvencia provisional de la firma ejecutada.

Modo de impugnación: Por recurso directo de revisión a interponer ante quien dicta esta resolución, en plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Para la admisión del recurso deberá antes acreditarse constitución de depósito de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en el Banco Santander núm. 2955000064011915, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código 30 y Social-Revisión, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional 15.ª de la L.O. 6/1985, salvo los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria, habrá de hacerse en la cuenta del Banco Santander 0049 3569 9200 0500 1274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, y en Observaciones se consignarán los 16 dígitos de la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código .

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL

Y para que sirva de notificación a los demandados, Mecanizados Almalaki, S.L., Aluminios Malacor, S.L., y Aluminios Jurado, S.L., actualmente en paraderos desconocidos, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a treinta y uno de julio de dos mil quince.- El/La Secretario Judicial.

Descargar PDF