Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 205 de 21/10/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 31 de agosto de 2015, por la que se concede una modificación de la autorización al centro docente privado extranjero «Internacional El Sabio», de Jerez de la Frontera (Cádiz), autorizado conforme al Sistema Educativo Británico, para alumnado español y extranjero.

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Francisco Rafael Rufino Candau, como representante de la entidad Campus El Sabio, S.L., titular del centro docente privado extranjero «Internacional El Sabio», con código 11012383 y domicilio en C/ Alemania, s/n, portal 1, de Jerez de la Frontera (Cádiz), solicitando la autorización para los cursos desde Year 10 (14-15 años de edad) hasta Year 13 (17-18 años de edad) del Sistema Educativo Británico para alumnado español y extranjero, según lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio).

Resultando que, por Orden de esta Consejería de Educación, de 19 de mayo de 2011, el citado centro tiene autorización temporal para impartir enseñanzas del Sistema Educativo Británico a alumnado español y extranjero para 170 puestos escolares desde el curso Early Years (1-2 años) hasta year 9 (13-14 años).

Resultando que en el expediente han recaído informes favorables del British Council en España, del Servicio de Inspección de Educación de la entonces Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Cádiz y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación y Formación.

Vistas: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley 17 /2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE de 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España, y el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, de régimen de centros docentes extranjeros en España, y el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, de autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder una modificación de su autorización, de acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, al centro docente privado extranjero «Internacional El Sabio», código 11012383 y domicilio en C/ Alemania, s/n, portal 1, de Jerez de la Frontera (Cádiz), para impartir enseñanzas del Sistema Educativo Británico a alumnado español y extranjero y, como consecuencia de ello, establecer la configuración siguiente:

Con autorización temporal:

Prenursery (2 años): para 10 puestos escolares.

Nursery y Reception (3-5 años) para 40 puestos escolares.

Desde Year 1 (5-6 años) a Year 2 (6-7 años) para 44 puestos escolares.

Desde Year 12 (16-17 años) a Year 13 (17-18 años) para 45 puestos escolares.

Con autorización plena:

Desde Year 3 (7-8 años) a Year 11 (15-16 años) para 221 puestos escolares.

Total de puestos escolares autorizados: 360.

Segundo. El centro docente privado extranjero «Internacional El Sabio», de Jerez de la Frontera (Cádiz), deberá complementar las enseñanzas autorizadas con enseñanzas de lengua y cultura españolas.

Tercero. La enseñanza de lengua española y literatura deberá impartirse con el mismo diseño y horario establecidos en los Decretos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por los que se establecen las enseñanzas correspondientes a la educación infantil, a la educación primaria, a la educación secundaria obligatoria y al bachillerato.

Asimismo, la cultura española deberá desarrollar los contenidos esenciales de las áreas de Conocimiento del entorno y de Ciencias de la naturaleza y de Ciencias sociales, recogidos en los Decretos anteriormente citados.

Cuarto. La autorización a la que hace referencia el apartado primero de esta Orden tendrá validez hasta el 31 de marzo de 2016, para las enseñanzas desde Prenursery a Year 2 y de Year 12 a Year 13; hasta el 31 de mayo de 2018 para las enseñanzas desde Year 3 a Year 9, y hasta el 15 de noviembre de 2019, para las enseñanzas desde Year 10 a Year 11, en consideración a los certificados emitidos por el British Council. A partir de estas fechas, la autorización dependerá de una nueva inspección de los servicios correspondientes de la Embajada Británica.

Quinto. La presente autorización dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 31 de agosto de 2015

ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN
Consejera de Educación
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