Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 206 de 22/10/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 6 de octubre de 2015, por la que se extingue la autorización administrativa del centro de educación infantil «Cuentacuentos III» de Sevilla por revocación expresa de la misma.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00078328.

El centro de educación infantil «Cuentacuentos III», con código 41019025 y domicilio en C/ Esperanza de Triana, 29-31, de Sevilla, cuya titularidad ostenta Escuela Infantil Maristas, S.L., cuenta con autorización administrativa para 2 unidades de primer ciclo de educación infantil con 35 puestos escolares, según Orden de esta Consejería de 31 de agosto de 2012.

Resultando que, de acuerdo con la documentación remitida por la entonces Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Sevilla, el centro ha cesado sus actividades por haberse producido la resolución del contrato de arrendamiento del inmueble donde estaba ubicado el mismo por mutuo acuerdo de las partes.

Resultando que el artículo 27.1 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, establece que el expediente de extinción de la autorización administrativa de un centro procederá cuando éste deje de reunir alguno de los requisitos por los que fue autorizado.

Vistas la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil (BOJA de 15 de mayo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20 de junio), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General; y demás disposiciones aplicables.

Considerando que don Alberto Peris Compañy, propietario del inmueble donde se encontraba ubicado el centro, ha presentado una copia de la resolución del contrato de arrendamiento, de 30 de marzo de 2013, firmada por él mismo y por el representante de «Escuela Infantil Maristas, S.L.», entidad titular del centro.

Considerando que se ha efectuado el trámite de audiencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sin que la entidad titular del centro haya presentado alegaciones que justifiquen mantener la autorización del mismo.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Autorizar la extinción de la autorización por revocación expresa de la misma al centro de educación infantil «Cuentacuentos III», con código 41019025 y domicilio en C/ Esperanza de Triana, 29-31, de Sevilla, quedando sin efectos las disposiciones que autorizaron el funcionamiento legal de dicho centro.

Segundo. La presente Orden tendrá efectos jurídicos y administrativos desde el inicio del curso escolar 2015/16, en consideración a las razones que han motivado la extinción de la autorización y por las que el centro ha cesado de hecho su actividad desde el curso 2013/14.

Tercero. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 6 de octubre de 2015

adelaida de la calle martín
Consejera de Educación
Descargar PDF