Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 224 de 18/11/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Mercantil

Edicto de 28 de octubre de 2014, del Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Granada, dimanante de autos núm. 970/2012. (PP. 2731/2015).

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NIG: 1808742M20120001040.

Procedimiento: Juicio Ordinario 970/2012. Negociado: JM.

De: Taller de Arquitecturas Orgánicas, S.L.

Procuradora: Sra. Mónica Navarro-Rubio Troisfontaines.

Letrado: Sr. Diego Femando Hernández Gómez

Contra: Valle de Piena, S.L., y Antonio Miguel Sierra Gabarrón.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Ordinario 970/2012 seguido en eI Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Granada, a instancia de Taller de Arquitecturas Orgánicas, S.L., contra Valle de Piena, S.L., y Antonio Miguel Sierra Gabarrón sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 347/14.

En Granada, a 27 de octubre de 2014.

Vistos por mí, Enrique Sanjuán y Muñoz, Magistrado actuando en el Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Granada, los autos registrados con el número 970/12 iniciados por Taller de Arquitecturas Orgánicas, S.L., representada por la procuradora Sra. Navarro-Rubio y defendido por el Letrado Sra. Hernández Gómez contra Valle de Piena, S.L., y su administrador único don Antonio Miguel Sierra Gabarrón, en rebeldía, vengo a resolver conforme a los siguientes.

El objeto del procedimiento ha sido reclamación de cantidad y responsabilidad del administrador.

FALLO

Que desestimando la acción acumulada de responsabilidad por levantamiento del velo debo estimar y estimo totalmente la demanda presentada por Taller de Arquitecturas Orgánicas, S.L., representada por la Procuradora Sra. Navarro-Rubio y defendida por la Letrada Sra. Hernández Gómez contra Valle de Piena, S.L., y su administrador único don Antonio Miguel Sierra Gabarrón, en rebeldía, y en consecuencia:

Primero. Debo condenar y condeno a los demandados a que paguen solidariamente al actor la cuantía de doscientos veintiséis mil cuatrocientos noventa y nueve euros con treinta y seis céntimos más intereses de dicha cantidad conforme a fundamentos de derecho.

Segundo. Con expresa imposición de costas a los demandados.

Así por esta resolución lo pronuncio, mando y firmo.

Magistrado.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados, Valle de Piena, S.L., y Antonio Miguel Sierra Gabarrón, extiendo y firmo la presente en Granada, a veintiocho de octubre de dos mil catorce.- El/La Secretario.

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