Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 244 de 18/12/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

Resolución de 11 de diciembre de 2015, del Patronato de La Alhambra y Generalife, por la que se hace público el Acuerdo de la Sección de Gestión Económica y Contratación del Patronato de la Alhambra y Generalife, de delegación de competencias, de 9 de octubre de 2015.

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Por cuanto antecede, este Patronato

RESUELVE

Hacer público el Acuerdo de 9 de octubre de 2015, de la Jefatura de Sección de Gestión Económica y Contratación de este Patronato de la Alhambra y Generalife, de delegación de competencias, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución.

ANEXO

«Acuerdo de 9 de octubre de 2015, de la Sección de Gestión Económica y Contratación del Patronato de la Alhambra y Generalife, de delegación de competencias.

El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos (BOJA núm. 136, de 26 de octubre), regula en su artículo 22 la obtención de copias de documentos administrativos de la Junta de Andalucía. El apartado 2 del citado precepto dispone: “La expedición de copias autenticadas de documentos administrativos de la Junta de Andalucía, corresponderá a las jefaturas de sección u órgano asimilado dependiente del órgano que hubiera emitido el documento original y que tengan encomendadas las funciones de tramitación o custodia del expediente a que pertenezca dicho documento original. En caso de que el órgano que produjo el documento original hubiese desaparecido, dicha competencia para autenticar le corresponderá a las jefaturas de sección u órganos similares que tengan encomendada la custodia del expediente a que pertenezca dicho documento original”.

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), contempla en su artículo 13 la posibilidad de que los órganos de las Administraciones Públicas deleguen el ejercicio de las funciones que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o de las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de aquellas.

En la tramitación ordinaria de los expedientes asignados a esta Sección se producen ciertos supuestos de solicitudes masivas de copias autenticadas de documentos obrantes en los expedientes cuya tramitación tiene encomendada, lo que hace aconsejable delegar la competencia de autenticación en la forma prevista por la norma legal citada. En consecuencia, esta Sección,

ACUERDA

1.º Delegar la competencia para el cotejo y compulsa de los documentos obrantes en los expedientes que en ella se custodian y tramitan, cuyas copias autenticadas hayan de expedirse a solicitud de los administrados o de otros órganos administrativos o judiciales, en el personal funcionario que sea titular de los siguientes puestos de trabajo:

9215610 – Negociado de Contratación.

1552510 – Negociado de Gestión de Gasto.

3219910 – Negociado de Contabilidad de Gasto.

2.º En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo en virtud de la presente delegación se hará constar expresamente esta circunstancia.

3.º La delegación de competencia se entiende sin perjuicio de que, en cualquier momento el órgano delegante pueda avocar para si el conocimiento y resolución de cuantos asuntos considere conveniente.

Granada, 9 de octubre de 2015.- La Jefa de la Sección de Gestión Económica y Contratación.»

Granada, 11 de diciembre de 2015.- El Director, Reynaldo Fernández Manzano.

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