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El canon de trasvase es un ingreso propio de la Comunidad Autónoma conforme a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, correspondiendo su establecimiento y revisión a la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua, como administración hidráulica de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a la que también compete la determinación de la cuantía de los cánones y tarifas regulados en el Capítulo III del Título VIII de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía.
El artículo 2 de la Ley 17/1995, de 1 de junio, de transferencia de volúmenes de agua de la cuenca del río Guadiaro a la cuenca del río Guadalete, establece que los usuarios satisfarán un canon de trasvase destinado a compensar la aportación económica del Estado y atender a los gastos de explotación y conservación correspondientes.
Redactado el proyecto de Canon de Trasvase Guadiaro-Majaceite para el ejercicio 2015 por la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua, fue sometido al conocimiento y consideración de los usuarios y vocales de la Comisión de Explotación, en la reunión celebrada el día 9 de diciembre de 2015, estableciéndose en la misma los criterios y cálculos para la determinación de la cuantía del canon de trasvase y los criterios y valores de reparto de las cuantías entre los usuarios del canon, en atención a los consumos reales y coeficientes de mayoración establecidos por uso ineficiente del agua. Así mismo procedió a realizar la propuesta del coeficiente del apartado c) de este canon destinado a financiar la ejecución del Plan de Infraestructuras del Guadiaro.
Vistos los antecedentes, esta Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua, en el ejercicio de las competencias que le corresponden conforme al artículo 13 del Decreto 216/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
ACUERDA
Primero. Aprobar el canon de trasvase Guadiaro-Majaceite para el ejercicio 2015, de acuerdo con la propuesta trasladada por la Comisión de Explotación del citado trasvase.
Segundo. Las liquidaciones correspondientes a los sujetos pasivos se practicarán de acuerdo con la cuantía del canon de trasvase que se recoge en el punto 2 del Anexo de esta Resolución.
Tercero. Establecer el reparto que corresponde entre los municipios y usuarios que abastece el Consorcio de Aguas a la Zona Gaditana, conforme a los valores que se recogen en el punto 3 del Anexo a esta Resolución, en cumplimiento de la Ley 17/1995, de 1 de junio, de transferencia de volúmenes de agua de la cuenca del río Guadiaro a la cuenca del río Guadalete.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, esta Resolución tiene carácter económico-administrativo, y contra la misma podrá interponerse reclamación económico-administrativa, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante la Junta Superior de Hacienda, dependiente de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, sita en C/ Juan Antonio Vizarrón, Edificio Torretriana, Isla de la Cartuja, 41092, Sevilla, conforme a lo establecido en el Decreto 175/1987, de 14 de julio, por el que se regulan los órganos competentes para conocer de las reclamaciones económico-administrativas en el ámbito de la gestión económica, financiera y tributaria de la Junta de Andalucía, en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el Reglamento General de desarrollo de esta Ley en materia de revisión en vía administrativa, aprobado por el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo.
En el mismo plazo y ante esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 222 y 223 de la citada Ley General Tributaria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición, en cuyo caso no podrá promoverse reclamación económico-administrativa hasta la resolución expresa o presunta del mismo.
Lo que se comunica para general conocimiento.
Sevilla, 10 de diciembre de 2015.- La Directora General, Inmaculada Cuenca Fernández.
ANEXO
CANON DEL TRASVASE GUADIARO MAJACEITE
EJERCICIO 2015
1. El canon a satisfacer por los usuarios para compensar la aportación económica de la Administración Hidráulica y atender a los gastos de funcionamiento y conservación así como los de administración y gestión asciende a la cantidad total de ochocientos trece mil, ochocientos trece euros, con ochenta y tres céntímos (813.813,83 €).
2. De conformidad con los consumos medidos, los coeficientes de mayoración y la propuesta elevada por la Comisión de Explotación del Trasvase Guadiaro-Majaceite, se acuerda el reparto de esta cantidad entre los sujetos pasivos del citado canon conforme a lo siguiente:
SUJETO PASIVO | IMPORTE |
Consorcio de Aguas de la Zona Gaditana (CAZG) | 406.511,90€ |
Central Térmica Arcos de la Frontera. Iberdrola Generación S.A.U. | 407.301,93€ |
Total | 813.813,83€ |
3. De conformidad con los consumos medidos, los coeficientes de mayoración y la propuesta elevada por la Comisión de Explotación del Trasvase Guadiaro-Majaceite, en relación con el importe a satisfacer por el Consorcio de Aguas de la Zona Gaditana, se acuerda establecer el siguiente reparto entre los distintos municipios y usuarios abastecidos por el mismo:
Municipio | Porcentaje de reparto |
ALCALÁ DE LOS GAZULES | 1,09% |
ALGAR | 0,79% |
BDA JÉDULA (ARCOS FRONTERA) | -0,35% |
CÁDIZ | -38,84% |
CONIL DE LA FRONTERA | 69,19% |
CHICLANA DE LA FRONTERA | -8,14% |
CHIPIONA | -24,50% |
JEREZ DE LA FRONTERA | 23,00% |
MEDINA SIDONIA | 2,84% |
PATERNA DE LA RIVERA | 2,01% |
PUERTO REAL | -21,82% |
PUERTO DE SANTA MARÍA | 93,05% |
ROTA | -10,20% |
SAN FERNANDO | 1,11% |
SANLÚCAR DE BARRAMEDA | 23,18% |
TREBUJENA | 9,98% |
VEJER DE LA FRONTERA | 18,84% |
BARBATE | 2,56% |
INDUSTRIAS SUMINISTRADAS CAZG | -43,78% |
El reparto del porcentaje que corresponde a las industrias y organismos suministrados por el CAZG se realizará conforme a lo siguiente:
Porcentaje | |
EMPRESA NACIONAL BAZAN-(NAVANTIA) | 3,6203% |
ARSENAL DE LA CARRACA INT. SAN FERNANDO | 21,8873% |
INST. DE VVDA. (INVIED) | 9,5022% |
DESTACAMENTO CEPRA-6 | 0,0790% |
JUNTA PUERTO BAHÍA CÁDIZ AUTO. PORTUARIA BAHÍA CÁDIZ | 1,6579% |
MARINA ESPAÑOLA INT. DE ROTA-BN | 7,5730% |
YEGUADA MILITAR F.E.S.C.C.R YEGUADA (Caja Pagadora Periférica de Organismos Periféricos MDE) | 0,9666% |
BASE NAVAL EEUU | 54,7136% |
TOTAL | 100,00% |
4. El porcentaje del componente c) del canon destinado a financiar la ejecución del Plan de Infraestructuras Hidráulicas del Guadiaro se fija en el 95%.
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