Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 06/04/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales

Resolución de 23 de marzo de 2015, de la Dirección General de Administración Local, por la que se acuerda la disolución de la agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención entre los Ayuntamientos de Arriate, Faraján y Alpandeire (Málaga) y se acuerda la constitución de la agrupación entre los Ayuntamientos de Faraján, Alpandeire, Pujerra y Parauta (Málaga).

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Los Ayuntamientos de Arriate, Faraján y Alpandeire (Málaga), mediante acuerdos plenarios adoptados, respectivamente, en sesiones de 30, 20 y 17 de diciembre de 2014, acordaron la disolución de la Agrupación constituida para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención, reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.

Los Ayuntamientos de Faraján, Alpandeire, Pujerra y Parauta (Málaga), mediante acuerdos plenarios acordaron la constitución de una agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención, reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.

La Excma. Diputación Provincial de Málaga, con fecha 22 de enero de 2015, informa favorablemente dichas iniciativas de disolución y constitución de la Agrupación.

Visto lo anterior, se ha instruido el preceptivo expediente, tramitado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Real Decreto Legislativo 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de aplicación en virtud de la disposición transitoria séptima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, y por el artículo 7.2.d) del Decreto 147/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, esta Dirección General de Administración Local

RESUELVE

Primero. Acordar la disolución de la Agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención entre los Ayuntamientos de Arriate, Faraján y Alpandeire (Málaga).

Segundo. Dejar sin efecto, a propuesta de la propia entidad, la exención de la obligación de mantener el puesto de Secretaría-Intervención en el Ayuntamiento de Pujerra.

Tercero. Acordar la constitución de la agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría de clase tercera entre los Ayuntamientos de Faraján, Alpandeire, Pujerra y Parauta (Málaga), reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la subescala de Secretaría-Intervención.

Cuarto. Clasificar los puestos de trabajo de Secretaría-Intervención resultantes de la siguiente forma:

- Agrupación de Faraján, Alpandeire, Pujerra y Parauta, Secretaría de clase tercera para su desempeño por funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la subescala de Secretaría-Intervención.

- Ayuntamiento de Arriate (Málaga), Secretaría de clase tercera para su desempeño por funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la subescala de Secretaría- Intervención.

Quinto. Adscribir a don Emiliano Fábregas González, Secretario-Interventor de la Agrupación de Arriate, Faraján y Alpandeire, a la Secretaría-Intervención de la Agrupación de Faraján, Alpandeire, Pujerra y Parauta (Málaga).

Sexto. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 23 de marzo de 2015.- La Directora General, Isabel Niñoles Ferrández.

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