Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 24/04/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 15 de abril de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Fuengirola  (antiguo Mixto núm. Cuatro), dimanante de procedimiento verbal núm. 10/2013. (PP. 2867/2014).

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NIG: 2905442C20130000015.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 10/2013. Negociado: EM.

De: Honda Bank Gmbh sucursal en España.

Procurador: Sr. Juan José Pérez Berenguer.

Contra: Pedro Antonio García Fernández.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 10/2013 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Fuengirola a instancia de Honda Bank Gmbh sucursal en España contra Pedro Antonio García Fernández, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 192/2013

En Fuengirola, a catorce de octubre de dos mil trece.

Vistos por Pedro José Rosa Romero, Juez Stto. del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Fuengirola los presentes autos de Juicio Verbal sobre reclamación de cantidad, seguidos en este Juzgado bajo el número 10 del año 2013, a instancia de Honda Bank Gmbh Suc. en España, representada por el Procurador don Juan José Pérez Berenguer, y asistida por la Letrada doña María José Cosmea Rodríguez, contra Pedro Antonio García Fernández, declarada en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador don Juan José Pérez Berenguer en nombre y representación de Honda Bank Gmbh sucursal en España, contra Pedro Antonio García Fernández, y en su virtud, debo condenar y condeno al demandado Pedro Antonio García Fernández a abonar a Honda Bank Gmbh sucursal en España la cantidad total de cuatro mil ciento veintiún euros con ochenta y cuatro céntimos (4.121,84 euros), más los intereses legales devengados desde la fecha de interposición de la demanda; y al abono de las costas procesales causadas.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este mismo Juzgado en el plazo de veinte días a contar a partir del siguiente a la notificación de aquélla, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 458 LEC.

Llévese el original al libro de sentencias, y déjese testimonio en los autos a los fines de su notificación.

Así lo pronuncia, manda y firma Pedro José Rosa Romero, Juez Stto. del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Fuengirola y su Partido. Doy fe.

Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior resolución por el Sr. Juez que la suscribe, conforme a lo ordenado por la Constitución y las leyes. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Pedro Antonio García Fernández, extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a quince de abril de dos mil catorce.- El/La Secretario.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.»

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