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BDNS (Identif.): 307112.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el presente BOJA.
Primero. Se convocan para el ejercicio 2016, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva la siguiente línea de ayudas en el ámbito de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, en la cuantía total máxima que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que, asimismo, se indica:
Línea | Cuantía máxima | Partida presupuestaria |
Paralización temporal de actividades pesqueras (artículo 33.c) del Reglamento Fondo Europeo Marítimo y de Pesca | Arrastre de fondo Caladero Mediterráneo (Armadores) 324.589,43€ |
1900120000/G/71P/77300/00/G2311145G6/2016000824 |
Arrastre de fondo Caladero Mediterráneo (Tripulantes) 276.750,00€ |
1900120000/G/71P/78300/00/G2311145G6/2016000825 | |
Arrastre de fondo Caladero Golfo de Cádiz (Armadores) 451.370,00€ |
1900120000/G/71P/77300/00/G2311145G6/2016000826 | |
Arrastre de fondo Caladero Golfo de Cádiz (Tripulantes) 445.500,00€ |
1900120000/G/71P/78300/00/G2311145G6/2016000827 | |
Cerco Caladero Mediterráneo (Armadores) 173.852,57€ |
1900120000/G/71P/77300/00/G2311145G6/2016000828 | |
Cerco Caladero Mediterráneo (Tripulantes) 335.475,00€ € |
1900120000/G/71P/78300/00/G2311145G6/2016000829 | |
Cerco Caladero Golfo de Cádiz (Armadores) 207.308,00€ |
1900120000/G/71P/77300/00/G2311145G6/2016000830 | |
Cerco Caladero Golfo de Cádiz (Tripulantes) 560.250,00€ |
1900120000/G/71P/78300/00/G2311145G6/2016000831 |
Las ayudas se otorgaran por una duración máxima de 15 días y por un período mínimo de 5 días ininterrumpidos, en cada parada temporal.
Segundo. Beneficiarios.
Serán beneficiarios de esta línea de ayudas.
a) Las personas físicas o jurídicas encargadas de la explotación de los buques (armadores/explotadores) en activo, afectados por la paralización temporal de su actividad pesquera, así como las agrupaciones identificadas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Las personas físicas (tripulantes) que hayan trabajado en el mar a bordo de uno de los buques pesqueros afectados por la paralización temporal.
Tercero. Objeto.
El objeto es la convocatoria de ayudas a medidas destinadas a la paralización temporal de la actividad de la flota pesquera con puerto base en Andalucía contenidas en el artículo 33.c) del Reglamento (UE) núm. 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP) en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 12 de mayo de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota con puerto base en Andalucía, que faena en el Caladero Nacional, previstas en el Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca 2014-2020. (BOJA núm. 92, de 17 de mayo de 2016).
Quinto. Importe.
La dotación de cada una de las paradas temporales se expone en el cuadro que se recoge en el apartado 1 de este extracto.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes de ayudas.
1. El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas será de 15 días hábiles a contar desde del día siguiente a la fecha de finalización de la veda temporal establecida por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en las siguientes normas, o las que resulten aplicables en el caso de que resulten sustituidas o modificadas:
Orden AAA/ 627/2013, de 15 de abril, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional del Golfo de Cádiz.
Orden AAA/222/2016, de 22 de febrero, por la que se establecen vedas temporales para la pesca de la modalidad de cerco en determinadas zonas del litoral mediterráneo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el caso de los buques afectados por la veda temporal para la modalidad de arrastre de fondo en el caladero nacional mediterráneo, prevista en la Orden AAA/221/2016, de 22 de febrero, por la que se establecen vedas temporales para la pesca de la modalidad de arrastre de fondo en determinadas zonas del litoral mediterráneo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios podrán obtenerse en el portal web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, Sección Ayudas, Otras Ayudas, Pesca y Acuicultura.
Sevilla, 20 de mayo de 2016
María del Carmen ortiz rivas | |
Consejera de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural |